Principios

De Wikimedio, la enciclopedia libre.

1. Preservar la propiedad intelectual y gestionarla de forma más flexible, abierta y participativa.

2. Ampliar el ámbito del dominio público, cada día más amenazado y estrecho.

3. Fomentar fórmulas de derechos de la propiedad intelectual flexibles que permitan a los autores decidir cómo permiten el disfrute y uso (comercial y no comercial) de sus obras.

4. Adaptar la cultura, la creación y la industria de los contenidos a un nuevo escenario tecnológico con escaso coste de copia y distribución y marcado por nuevos métodos de consumo y comercialización.

5. Convertir en excepción voluntaria la gestión comercial de los derechos de propiedad intelectual, no en regla. Ahora toda obra queda protegida (en explotación comercial) cuando se crea. La idea es hacerlo al revés: toda creación está libre de derechos hasta que el autor elija a qué derechos se acoge, sean flexibles y limitados (Creative Commons, por ejemplo) o generales. 6. Limitar la duración de los derechos de autor a un período sensato (ahora es de vida más 70 años).

7. Ampliar el derecho de cita siempre que no sea copia y relajar la presión sobre una cultura y unas obras plenas de intertextualidad y donde la integración o el hipertexto forman redes de contenidos muchas veces imposibles de gestionar con el actual sistema de derechos.

8. Reducir el tiempo y ámbito de explotación comercial de todas las obras subvencionadas, sustentadas o de propiedad (total o parcial) con fondos públicos. Revertirlas cuanto antes al dominio público.

9. Proteger a los autores de obras colectivas (habitual en los medios, por ejemplo), ahora muy sometidos a los editores y detentadores de los derechos.

10. Fomentar la creación de obras participativas y libres, especialmente en los ámbitos académicos, de investigación y de innovación.

11. Dedicar una parte de los derechos de autor a financiar obras de dominio público.

¿Qué es una obra de cultura libre?

  • Definicion de lo que entendemos por Obra de Cultura Libre (pregunta de Luis Cervantes que he pasado a la página de discusión).

Una obra de cultura libre es aquella de propiedad intelectual cuyo autor decide compartir o liberar de ciertos derechos para su copia, difusión, modificación, obra derivada, etc. Pertenecen a la cultura libre todas las obras de dominio público, bien porque ha vencido su período de vigencia de derechos de autor o porque sus autores las liberan.

Las obras de cultura libre pueden serlo totalmente (dominio público, copyleft, GNU) o tener algunos derechos reservados (CC).

Fundación Copyleft

Fines

Será el objetivo principal de la Fundación potenciar, afianzar, organizar, incentivar, dirigir, realizar, proteger y defender la producción de cultura Copyleft, defendiendo los intereses de creadores, intérpretes, artistas, productores, usuarios y cualquier otro colectivo interesado en la misma, y acercarla a la población en general, realizando para ello cuantas actividades considere necesarias.

Por cultura Copyleft se entiende aquella cultura en la que el autor permite en diferentes medidas la libre reproducción, distribución, difusión y transformación de su obra.

Actividades

Para la consecución de sus fines la Fundación podrá realizar las siguientes actividades:

1. Agrupar a los diferentes segmentos que componen, en todas sus facetas, el sector del Copyleft.

2. Representar de forma unitaria, cohesionada, coherente y efectiva los intereses de los colectivos implicados en el Copyleft ante cualesquiera foros, audiencias, estamentos, entidades y organizaciones locales, autonómicas, nacionales, supranacionales e internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, así como establecer cauces de colaboración con las entidades citadas.

3. Promover la defensa de los intereses económicos, sociales, culturales, legales, divulgativos y profesionales de los colectivos implicados en el Copyleft.

4. Diseñar, desarrollar y completar sistemas de almacenaje, distribución, comunicación y promoción de obras Copyleft, en cualquier soporte, empleando para ello la tecnología disponible en cada momento y, en particular, las nuevas tecnologías de la información y el conocimiento, así como otros soportes disponibles (editoriales, fonográficos, audiovisuales, sin excluir cualesquiera otros), actualmente conocidos o que se inventen en el futuro.

5. Promover, generar y poner a disposición de los colectivos implicados en el Copyleft, recursos tecnológicos de todo tipo para asegurar la promoción, comunicación, difusión, distribución y comercialización del Copyleft en todo el mundo, particularmente en el territorio español.

6. Promover, generar y poner a disposición de los colectivos implicados en el Copyleft, los recursos necesarios para asegurar una defensa legal distribuida, adecuada y suficiente en todo el mundo, y particularmente en el territorio español, apoyando, gestionando y desarrollando proyectos de asesoramiento jurídico, legal y fiscal.

7. Promover, generar y poner a disposición de los colectivos implicados en el Copyleft, las infraestructuras necesarias para lograr la promoción, difusión, comunicación y distribución de obras bajo licencias Copyleft.

8. El desarrollo de la sociedad de la información y del conocimiento.

9. Promover, organizar e incentivar la inversión, las ayudas, el patrocinio, el mecenazgo, tanto público como privado, y las actividades de comercio electrónico sobre obras bajo Copyleft.

10. Organizar, financiar, participar y apoyar cuantas actividades públicas dirigidas al ámbito nacional e internacional se consideren necesarias para lograr una mejor promoción, difusión, comunicación y comercialización de obras bajo licencia Copyleft.

11. Promover, incentivar, apoyar y convocar estudios sobre el Copyleft.

12. Promover y potenciar en el Copyleft la implicación de los jóvenes creadores mediante la convocatorias de todo tipo de certámenes, premios, concursos, becas para estudios y/o actividades relacionadas con las diferentes disciplinas y tendencias de la cultura Copyleft y muy especialmente a las vanguardias, la investigación de nuevos recursos y técnicas, las nuevas tecnologías y la Sociedad de la Información.

13. Promover, apoyar, potenciar y encabezar iniciativas para la recuperación, conservación, protección y difusión del patrimonio cultural en dominio público así como el patrimonio cultural Copyleft, en todo el mundo.

14. Promover, apoyar, colaborar y editar publicaciones relacionadas con el Copyleft, en cualquier soporte actualmente conocido o que se invente en el futuro.

15. Promover, apoyar y potenciar la utilización, en todos los sectores de la cultura, de licencias libres.

16. La interposición y el seguimiento hasta resolución final en cualquier instancia nacional o extranjera de las acciones legales en defensa o protección de los siguientes derechos e intereses:

    • Cualesquiera de los relacionados en los anteriores apartados.
    • De los ejercitados en cualquier concepto por los titulares de derechos de propiedad intelectual.
    • De los derechos de los consumidores y usuarios de la propiedad intelectual bajo cualquiera de sus licencias.

17. Cualesquiera otras actividades que contribuyan al cumplimiento de los fines anteriormente descritos.

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