Es una multa impuesta por la Agencia de Protección de Datos, no por un tribunal, por lo que el dinero que pague la SGAE irá directa a la Agencia, y no al bolsillo de los novios o invitados.
Además, me parece escandaloso que el detective que filmó la boda tuviera el permiso del local y no el de los novios. ¿Es que en el propio local “invitan” a un desconocido a la boda que tú vas a tener? Me ocurre eso a mi, y denuncio también al local.
Claro que no lo es. Un ejemplo, aunque tiene como protagonista a CEDRO, no a la SGAE.
Me voy a fotocopiar un libro antiguo, descatalogado, no reeditado y publicado por una editorial que hace varias décadas que cesó la actividad. El encargado de la copistería se niega a fotocopiármelo.
-Pero si la editorial ya no existe…
-Eso tienes que averiguarlo tú, y asegurarte por escrito de que ya no existe, y entonces, que te den un permiso por escrito para reproducirlo.
-Pero que ya sé a ciencia cierta que la editorial no existe, y que el libro está descatalogado…
-Es igual: tienes que conseguir una autorización por escrito de quien detente los derechos.
Seguimos así un rato, y el de la fotocopiadora me suelta lo siguiente:
-Mira, yo te lo fotocopiaría, pero hace unos meses vino aquí un señor pidiéndonos algo parecido a lo tuyo. Cuando lo hicimos, resultó que era un agente de CEDRO, hizo entrar a un notario que había en la puerta y nos pusieron una multa de ochocientas mil pesetas.
Como suena.
También recuerdo una vez que, trabajando en una editorial, tuve que subir a la oficina para escribir una autorización en nombre de la editorial para fotocopiar una portada de un libro nuestro. O sea, autorizarte a ti mismo para imprimir algo en tu nombre… Muy chungo.
Con todo esto, cualquier multa que le caiga a la SGAE, CEDRO y similares me parece justicia poética.
Hasta dónde va a llegar la SGAE? ya no vamos a poder ni poner música en fiestas privadas? Tendremos que pagar un canon por utilizar música comercial en un cumpleaños? en fin…
¿Es que no entendeis lo que son los derechos de autor? Normal que no te quieran fotocopiar un libro. Normal que la SGAE vigile el repertorio que tocan las bandas. Es su trabajo. La banda cobra por tocar, utiliza canciones de compositores para hacerlo, lógico que los compositores se beneficien de ello ¿O no? Es un negocio.
Que quereis, ¿que la SGAE espere sentada a que la gente vaya a cotizar por su santa voluntad? Claro, y que la inspeccion de hacienda no vigile a nadie y que la policia se quede jugando al mus en la comisaria.
PSanz, si la Boda hubiera sido en su casita y sin cobrar el cubierto (una fiesta privada) podían haber puesto la música que les hubiera dado la gana sin tener que pagar nada a autores pero en el momento en que hay un lucro, no se puede utilizar la música como un plus sin repartirlo. Y por lo que he leído de la argumentación de la Sgae me parece perfecta. Ni se puede prohibir la grabación pues es la única prueba posible, ni atenta a la intimidad pues sólo se va a exponer en el juicio. Y os pongáis como os pongáis aquí los chorizos son los del salón de bodas.
#12 Está muy bien eso de que cada banda tenga que dar una lista de las canciones a la Sgae. Luego la sociedad puede dar el dinero a los autores que han sido interpretados. Ah, que me dicen que no, que la Sgae tiene un curioso sistema de reparto. Vaya.
Señor gg, como no me contestó en el otro hilo, repito aquí el mensaje Bueno, entonces con el canon solo pago el derecho a copiar los originales que compre. Tiene huevos la cosa. Me compro un Office 2007. Por el dinero que pago me dan una licencia y un soporte físico del programa. El soporte físico se puede estropear con el uso, así que prefiero hacer una copia para tener por encima de la mesa y guardo cuidadosamente el original. Eso es una práctica común en informática, donde está claro que el soporte (cd)y la licencia son cosas distintas. Pasemos a la música. Me compro un cd de Ramoncin. Cuando le pago estoy pagando dos cosas, el soporte físico (cd) y la licencia de reproducción domestica. ¿me dice usted que no tengo derecho a hacer una copia de seguridad del cd de música? ¿que el derecho a la copia no va en el las condiciones de uso de la licencia? Me toma el pelo. Entonces según usted el canon solo lo pagamos para tener derecho a copia de seguridad de los cedes de los que hayamos adquirido el original. Si así fuera, todo este asunto tiene una fácil solución, se sube el precio de los originales hasta que compensen la copia de seguridad privada que podamos hacer. ¿o no?
#16 “prefiero hacer una copia para tener por encima de la mesa y guardo cuidadosamente el original. Eso es una práctica común en informática” Esto es absolutamente falso. De hecho la mayoría de los cds de instalación vienen protegidos y son incopiables y nadie tiene un Office encima de la mesa, lo tiene instalado y punto. Si algo se estropea no queda otra que volver a adquirirlo. Pruebe a hacer eso mismo con un billete y alegue que el original lo tiene en casa “para que no se estropee”. Ah, quienes parecen no tener ni puta idea de leyes son algunos que pululan por aquí. Veamos, la única forma de poder demostrar que durante esa boda se está cometiendo un delito es mediante una grabación, lógicamente oculta, pero además resulta que esto lleva realizándolo la sgae y viene sirviendo como prueba en juicios bastantes décadas ya, es decir, jurisprudencia sobre la materia hay para aburrir y los que han salido por peteneras son los de Protección de datos no los tribunales. Seguramente manipulados como otros muchos por los intereses de Asimelec y similares. Para que se entienda pongo un ejemplo, según esta visión de protección de datos todas las multas mediante fotografía en las que en el interior del coche aparezca un menor deberían ser retiradas. Por cierto ¿cuál es ese curioso sistema de reparto en cuanto a las interpretaciones en vivo que dice que tiene la sgae? Por que es justo tal cual lo ha descrito: cada banda le pasa a la sgae una lista de sus interpretaciones. ¿No se referirá más bien a otros repartos en los que la imposibilidad de tener los datos exactos obliga a utilizar sondeos? Por ejemplo en emisiones de ciertas cadenas de televisión que no aportan datos de lo que han emitido. Su último argumento en cuanto a la subida del precio de los Cds contiene un pequeño error en el planteamiento que lo pervierte en su totalidad. Dice usted: “hasta que compensen la copia de seguridad privada que podamos hacer” ¿La copia? ¿Por qué habla de “Una” sóla copia cuando pueden ser muchas? ¿Entiende por qué hay que ir a los medios y soportes de copiado?
#17 “si se le estropea, compra otro y punto” No te jode, el rico. ¿sabe lo que vale una licencia de office 2007? ¿o es que usted lo tiene pirata? Es una triste gracia con el precio que tiene que del uso se dañe el cd. Si hubiese comprado alguna vez software original, en la licencia habría leido que se puede hacer una copia de él. Le vuelvo a repetir que lo que es el soporte físico (cd) es una cosa y la licencia de uso es otra. Que en la música están fuera de la ley si no permiten hacer una copia de seguridad, porque numerosas sentencias avalan la legalidad de esa practica y que si el canon solo es para permitir hacer esas copias es el timo de la estampida, porque estaríamos pagando por un derecho que ya tenemos. Sobre repertorios y demás. Dado el sistema de reparto de los dineros de la Sgae, hay autores que aunque se tenga constancia de que han sido “reproducidos” por figurar expresamente en una lista dada por una banda, no reciben ni un céntimo y eso es… ¿como se lo podría llamar? digamos tomadura de pelo económica y cinismo en acción. “protección a los creadores” ¿a qué creadores? ¿a los más gordos?
#17 Por cierto, los que hacemos copias de seguridad de los cedés de programas informáticos estamos engordando la cuenta corriente de don Teddy, no la de los fabricantes de programas informáticos. Podía habernos mandado una cesta de navidad.
veamos a ver… segun usted es licito filmar en cualquier parte sin consentimiento tácito de los encausados? Cuando entra en un establecimiento comercial por ejemplo, hay un rótulo bien clarito que dice que hay viligancia por video, y que si entra en este local da usted su consentimiento de que se le filme… ¿por que motivo? pues porque en caso de robo, si no hay letrerito, la prueba NO ES VALIDA.
Usted dira que es un experto en leyes… pues le veo tan cenutrio como los que usted tanto critica. Veamos a ver si dejamos las cosas claras, segun usted es una prueba valida para un tribunal una filmacion hecha de un acto privado sin el consentimiento de los mismos y con camara oculta. Usted dirá que solo es para los tribunales como prueba y que tenian el consentimiento de los propietarios del local, a los que previamente se les habrá extorsionado con amenazas (si no, de que van a entrar alli dentro, moreno). Bueno… una cosa sera el consentimiento de los propietarios del local, pero el acto es privado, y cuando eso se produce, la única prueba admisible es cuando esta hecha BAJO CONSENTIMIENTO de los propios incausados o POR ORDEN JUDICIAL. Para que usted entienda la diferencia entre propietario de local y organizadores de un evento privado…. Usted puede alquilar una sala o un polideportivo para hacer un concierto… Pues el propietario del local NO ES NADIE para autorizar la entrada a camaras, si no es bajo consentimiento del representante del evento, y la entrada de camaras SIN el consentimiento del artista, y filmacion de cualquier tipo de imagen se puede considerar ante cualquier tribunal, como vulneracion no solo de derechos de autor, si no vulneracion de imagen e incluso derecho de intimidad. Pues bien todo ello a pesar de que un concierto es un acto privado pero de caracter público. Una boda le recuerdo a usted que es un acto privado de caracter privado. Asi que si los novios no le invitan a participar en la boda, o un juez no le autoriza a colarse dentro, es una privacion de intimidad con toda regla, dado que esa filmacion que “solo” pasa por el juez segun usted, pasa por policias y funcionarios judiciales sin la pertinente autorización. ¿Comprende usted la diferencia? Pues sobre esto, también hay un puñado de sentencias que sientan jurisprudencia al respecto.
El problema es que cada uno, opina sobre las leyes en el aspecto que más le puede interesar y ese evidentemente es su caso. Sobre el ejemplo que pone usted de las multas, vuelve a demostrar otro claro desconocimiento sobre el tema. ¿No se ha preguntado usted nunca porque en paises como el reino unido esta prohibido fotografiar a los vehiculos por detras (por la espalda y a traicion, segun ellos), y en cambio en españa no esta permitido hacer las fotos de las multas por delante? Pues el caso español, viene dada precisamente por jurisprudencia, de una persona que alegó “vulneracion de la intimidad”. ¿Motivo¿ pues porque le llegó una multa a casa con foto incluída conduciendo el coche con una señora de buen ver a su lado (y que no era su esposa), y como el coche estaba a nombre de su esposa, adivinen ustedes quién fué el que vió la foto…. Pues desde ese juicio, las fotos no se pueden ver las caras, y se han de hacer por detrás. De no hacerlo, los agentes de tráfico se exponen de que en vez de ir a buscar lana, acaben por salir trasquilados.
pues ojo que los del C€RD0, ya cobran un canon sobre fotocopiadoras, faxes y scanneres… SI! habeís oído bien los “faxes” también entran.
y no son cuatro duros como los de la $GA€ precisamente. Las fotocopiadoras profesionales sufren un canon algo más importante que los multifuncionales, de 200, 400 e incluso más de 500 euros en algunos modelos en concepto de indemnización por las posibles copias protegidas por derechos de autor que se puedan hacer con ellas.
Una impresora doméstica multifuncion, se cascan la nada desdeñable suma de 15 euros por aparato, lo que supone en determinados modelos, hasta un 33% de grabamen.
Y dices que no te dejan copiarte un libro, sin autorización del autor, pero en cambio, bien que ya cobran una compensación por ello. Pues ya ves… por lo que clavan estos sujetos, deberias de tener derecho a fotocopiarte todas las publicaciones habidas en la biblioteca nacional 18 veces.
#18 ¿Cual es el uso que le da a su CD original de Office una vez instalado para que se le estropee? ¿De posavasos? Del sistema de reparto de Sgae es evidente que no tiene usted ni puñetera idea, si se interpreta algo de un autor, aunque genere 10 céntimos, los cobra. Menos mentiras y menos estupideces, le podría mandar devengos míos de autores por cantidades irrisorias en las clásicas hojas apaisadas. #21 Manu, las sentencias a favor de la sgae mediante grabaciones llevan sirviendo desde que aparecieron las primeras grabadoras de cinta hace como cincuenta años, con los vídeos además se certifica que se trata del local en cuestión. En cuanto a lo de no poder filmar porque se trata de una fiesta privada es otra estupidez. Los que están tocando no son invitados, están contratados y es la empresa que celebra la boda la que se beneficia y cobra más con música que sin ella. Dejémonos ya de tonterías porque es algo evidente para cualquiera, siempre que no esté cegado por sus ansias de conseguir ¿”una cesta”? (si es que se os ve el plumero a la mínima….) Por cierto Manu, no vea tantos cenutrios, la filmación no es de la boda si no de la música que en ella se toca y vale ya….
#24 En un mundo perfecto los programas se instalan y ya está. En nuestro mundo hay que instalar módulos y herramientas que no se instalan por defecto, cuando el programa los pide y cuando el ordenador se estropea y hay que reinstalar todo, pues eso. Eso se hace con la copia hasta que el lector de cedés no la “lea”. En ese momento se saca el original, se hace otra copia y se vuelve a guardar. Para que tome nota de la diferencia, hay distribuidores de software que venden el soporte sin licencia, es decir el cedé sin licencia de instalación. Para los que no han tenido la precaución de hacer copias. Seria comparable a vender cedés de música con el precio solo del soporte y sin licencia de reproducción. ¿me podría explicar lo del reparto de la Sgae, porque he leído de diversos autores afiliados que no cobran un duro. Y su obra se ha reproducido alguna vez. ¿los autores extranjeros reciben dinero del canon? Se supone que son los más copiados y los que más soportes con canon van a consumir sus productos
diciembre 28th, 2007 a las 13:41
Blog donde se irna desgranando cada una de las mentiras, manipulaciones y falsedades del PP durante el gobierno de Zapatero.
http://www.verdadesquemolestan.blogspot.com/
diciembre 28th, 2007 a las 13:48
Jai!!, les está bien empleado por mirones.
diciembre 28th, 2007 a las 13:56
“silvaba” o silbaba???
diciembre 28th, 2007 a las 14:12
Esto es lo que se dice una boda redonda, no?
diciembre 28th, 2007 a las 14:34
INOCEEENNNNTEEESSSS
diciembre 28th, 2007 a las 14:47
No está mal la inocentada del 28 de diciembre. Creíble pero algo exagerado, no?
diciembre 28th, 2007 a las 15:05
Es una multa impuesta por la Agencia de Protección de Datos, no por un tribunal, por lo que el dinero que pague la SGAE irá directa a la Agencia, y no al bolsillo de los novios o invitados.
Además, me parece escandaloso que el detective que filmó la boda tuviera el permiso del local y no el de los novios. ¿Es que en el propio local “invitan” a un desconocido a la boda que tú vas a tener? Me ocurre eso a mi, y denuncio también al local.
diciembre 28th, 2007 a las 17:03
la sgae quiere recurrila
http://www.sgae.es/home/es/notice_home_1.html
lo pongo tmb en noticias de los lectores
diciembre 28th, 2007 a las 17:05
#5 #6 no es una inocentado, no
diciembre 28th, 2007 a las 23:29
Claro que no lo es. Un ejemplo, aunque tiene como protagonista a CEDRO, no a la SGAE.
Me voy a fotocopiar un libro antiguo, descatalogado, no reeditado y publicado por una editorial que hace varias décadas que cesó la actividad. El encargado de la copistería se niega a fotocopiármelo.
-Pero si la editorial ya no existe…
-Eso tienes que averiguarlo tú, y asegurarte por escrito de que ya no existe, y entonces, que te den un permiso por escrito para reproducirlo.
-Pero que ya sé a ciencia cierta que la editorial no existe, y que el libro está descatalogado…
-Es igual: tienes que conseguir una autorización por escrito de quien detente los derechos.
Seguimos así un rato, y el de la fotocopiadora me suelta lo siguiente:
-Mira, yo te lo fotocopiaría, pero hace unos meses vino aquí un señor pidiéndonos algo parecido a lo tuyo. Cuando lo hicimos, resultó que era un agente de CEDRO, hizo entrar a un notario que había en la puerta y nos pusieron una multa de ochocientas mil pesetas.
Como suena.
También recuerdo una vez que, trabajando en una editorial, tuve que subir a la oficina para escribir una autorización en nombre de la editorial para fotocopiar una portada de un libro nuestro. O sea, autorizarte a ti mismo para imprimir algo en tu nombre… Muy chungo.
Con todo esto, cualquier multa que le caiga a la SGAE, CEDRO y similares me parece justicia poética.
diciembre 29th, 2007 a las 00:56
Hasta dónde va a llegar la SGAE? ya no vamos a poder ni poner música en fiestas privadas? Tendremos que pagar un canon por utilizar música comercial en un cumpleaños? en fin…
NO AL CANON
http://www.petersanz.com
diciembre 29th, 2007 a las 02:19
¿Es que no entendeis lo que son los derechos de autor? Normal que no te quieran fotocopiar un libro. Normal que la SGAE vigile el repertorio que tocan las bandas. Es su trabajo. La banda cobra por tocar, utiliza canciones de compositores para hacerlo, lógico que los compositores se beneficien de ello ¿O no? Es un negocio.
Que quereis, ¿que la SGAE espere sentada a que la gente vaya a cotizar por su santa voluntad? Claro, y que la inspeccion de hacienda no vigile a nadie y que la policia se quede jugando al mus en la comisaria.
diciembre 29th, 2007 a las 02:21
PSanz, si la Boda hubiera sido en su casita y sin cobrar el cubierto (una fiesta privada) podían haber puesto la música que les hubiera dado la gana sin tener que pagar nada a autores pero en el momento en que hay un lucro, no se puede utilizar la música como un plus sin repartirlo. Y por lo que he leído de la argumentación de la Sgae me parece perfecta. Ni se puede prohibir la grabación pues es la única prueba posible, ni atenta a la intimidad pues sólo se va a exponer en el juicio. Y os pongáis como os pongáis aquí los chorizos son los del salón de bodas.
diciembre 29th, 2007 a las 07:01
#12
Está muy bien eso de que cada banda tenga que dar una lista de las canciones a la Sgae. Luego la sociedad puede dar el dinero a los autores que han sido interpretados. Ah, que me dicen que no, que la Sgae tiene un curioso sistema de reparto. Vaya.
diciembre 29th, 2007 a las 07:06
#12 #13
Claro, es que los tribunales no tienen ni puta idea de leyes, los únicos que saben de leyes son los de la Sgae.
http://www.google.es/search?as_q=juicios+&hl=es&rlz=1B3GGGL_esES226ES226&num=100&btnG=Buscar+con+Google&as_epq=en+contra+de+la+sgae&as_oq=&as_eq=frikipedia&lr=&cr=&as_ft=i&as_filetype=&as_qdr=all&as_occt=any&as_dt=i&as_sitesearch=&as_rights=&safe=images
diciembre 29th, 2007 a las 07:26
Señor gg, como no me contestó en el otro hilo, repito aquí el mensaje
Bueno, entonces con el canon solo pago el derecho a copiar los originales que compre. Tiene huevos la cosa. Me compro un Office 2007. Por el dinero que pago me dan una licencia y un soporte físico del programa. El soporte físico se puede estropear con el uso, así que prefiero hacer una copia para tener por encima de la mesa y guardo cuidadosamente el original. Eso es una práctica común en informática, donde está claro que el soporte (cd)y la licencia son cosas distintas. Pasemos a la música. Me compro un cd de Ramoncin. Cuando le pago estoy pagando dos cosas, el soporte físico (cd) y la licencia de reproducción domestica. ¿me dice usted que no tengo derecho a hacer una copia de seguridad del cd de música? ¿que el derecho a la copia no va en el las condiciones de uso de la licencia?
Me toma el pelo. Entonces según usted el canon solo lo pagamos para tener derecho a copia de seguridad de los cedes de los que hayamos adquirido el original.
Si así fuera, todo este asunto tiene una fácil solución, se sube el precio de los originales hasta que compensen la copia de seguridad privada que podamos hacer. ¿o no?
diciembre 30th, 2007 a las 04:35
#16
“prefiero hacer una copia para tener por encima de la mesa y guardo cuidadosamente el original. Eso es una práctica común en informática”
Esto es absolutamente falso. De hecho la mayoría de los cds de instalación vienen protegidos y son incopiables y nadie tiene un Office encima de la mesa, lo tiene instalado y punto. Si algo se estropea no queda otra que volver a adquirirlo. Pruebe a hacer eso mismo con un billete y alegue que el original lo tiene en casa “para que no se estropee”.
Ah, quienes parecen no tener ni puta idea de leyes son algunos que pululan por aquí. Veamos, la única forma de poder demostrar que durante esa boda se está cometiendo un delito es mediante una grabación, lógicamente oculta, pero además resulta que esto lleva realizándolo la sgae y viene sirviendo como prueba en juicios bastantes décadas ya, es decir, jurisprudencia sobre la materia hay para aburrir y los que han salido por peteneras son los de Protección de datos no los tribunales. Seguramente manipulados como otros muchos por los intereses de Asimelec y similares. Para que se entienda pongo un ejemplo, según esta visión de protección de datos todas las multas mediante fotografía en las que en el interior del coche aparezca un menor deberían ser retiradas.
Por cierto ¿cuál es ese curioso sistema de reparto en cuanto a las interpretaciones en vivo que dice que tiene la sgae? Por que es justo tal cual lo ha descrito: cada banda le pasa a la sgae una lista de sus interpretaciones. ¿No se referirá más bien a otros repartos en los que la imposibilidad de tener los datos exactos obliga a utilizar sondeos? Por ejemplo en emisiones de ciertas cadenas de televisión que no aportan datos de lo que han emitido.
Su último argumento en cuanto a la subida del precio de los Cds contiene un pequeño error en el planteamiento que lo pervierte en su totalidad. Dice usted: “hasta que compensen la copia de seguridad privada que podamos hacer” ¿La copia? ¿Por qué habla de “Una” sóla copia cuando pueden ser muchas? ¿Entiende por qué hay que ir a los medios y soportes de copiado?
diciembre 30th, 2007 a las 07:30
#17
“si se le estropea, compra otro y punto”
No te jode, el rico. ¿sabe lo que vale una licencia de office 2007? ¿o es que usted lo tiene pirata? Es una triste gracia con el precio que tiene que del uso se dañe el cd.
Si hubiese comprado alguna vez software original, en la licencia habría leido que se puede hacer una copia de él. Le vuelvo a repetir que lo que es el soporte físico (cd) es una cosa y la licencia de uso es otra. Que en la música están fuera de la ley si no permiten hacer una copia de seguridad, porque numerosas sentencias avalan la legalidad de esa practica y que si el canon solo es para permitir hacer esas copias es el timo de la estampida, porque estaríamos pagando por un derecho que ya tenemos.
Sobre repertorios y demás. Dado el sistema de reparto de los dineros de la Sgae, hay autores que aunque se tenga constancia de que han sido “reproducidos” por figurar expresamente en una lista dada por una banda, no reciben ni un céntimo y eso es… ¿como se lo podría llamar? digamos tomadura de pelo económica y cinismo en acción. “protección a los creadores” ¿a qué creadores? ¿a los más gordos?
diciembre 30th, 2007 a las 10:01
#17
Por cierto, los que hacemos copias de seguridad de los cedés de programas informáticos estamos engordando la cuenta corriente de don Teddy, no la de los fabricantes de programas informáticos. Podía habernos mandado una cesta de navidad.
diciembre 30th, 2007 a las 10:02
#19
fabricantes no, creadores
Lo de la cesta sí.
diciembre 30th, 2007 a las 13:37
#17
veamos a ver… segun usted es licito filmar en cualquier parte sin consentimiento tácito de los encausados? Cuando entra en un establecimiento comercial por ejemplo, hay un rótulo bien clarito que dice que hay viligancia por video, y que si entra en este local da usted su consentimiento de que se le filme… ¿por que motivo? pues porque en caso de robo, si no hay letrerito, la prueba NO ES VALIDA.
Usted dira que es un experto en leyes… pues le veo tan cenutrio como los que usted tanto critica. Veamos a ver si dejamos las cosas claras, segun usted es una prueba valida para un tribunal una filmacion hecha de un acto privado sin el consentimiento de los mismos y con camara oculta. Usted dirá que solo es para los tribunales como prueba y que tenian el consentimiento de los propietarios del local, a los que previamente se les habrá extorsionado con amenazas (si no, de que van a entrar alli dentro, moreno). Bueno… una cosa sera el consentimiento de los propietarios del local, pero el acto es privado, y cuando eso se produce, la única prueba admisible es cuando esta hecha BAJO CONSENTIMIENTO de los propios incausados o POR ORDEN JUDICIAL. Para que usted entienda la diferencia entre propietario de local y organizadores de un evento privado…. Usted puede alquilar una sala o un polideportivo para hacer un concierto… Pues el propietario del local NO ES NADIE para autorizar la entrada a camaras, si no es bajo consentimiento del representante del evento, y la entrada de camaras SIN el consentimiento del artista, y filmacion de cualquier tipo de imagen se puede considerar ante cualquier tribunal, como vulneracion no solo de derechos de autor, si no vulneracion de imagen e incluso derecho de intimidad. Pues bien todo ello a pesar de que un concierto es un acto privado pero de caracter público. Una boda le recuerdo a usted que es un acto privado de caracter privado. Asi que si los novios no le invitan a participar en la boda, o un juez no le autoriza a colarse dentro, es una privacion de intimidad con toda regla, dado que esa filmacion que “solo” pasa por el juez segun usted, pasa por policias y funcionarios judiciales sin la pertinente autorización. ¿Comprende usted la diferencia? Pues sobre esto, también hay un puñado de sentencias que sientan jurisprudencia al respecto.
diciembre 30th, 2007 a las 13:49
#17
(sobre el anterior… y sigue)
El problema es que cada uno, opina sobre las leyes en el aspecto que más le puede interesar y ese evidentemente es su caso. Sobre el ejemplo que pone usted de las multas, vuelve a demostrar otro claro desconocimiento sobre el tema. ¿No se ha preguntado usted nunca porque en paises como el reino unido esta prohibido fotografiar a los vehiculos por detras (por la espalda y a traicion, segun ellos), y en cambio en españa no esta permitido hacer las fotos de las multas por delante? Pues el caso español, viene dada precisamente por jurisprudencia, de una persona que alegó “vulneracion de la intimidad”. ¿Motivo¿ pues porque le llegó una multa a casa con foto incluída conduciendo el coche con una señora de buen ver a su lado (y que no era su esposa), y como el coche estaba a nombre de su esposa, adivinen ustedes quién fué el que vió la foto…. Pues desde ese juicio, las fotos no se pueden ver las caras, y se han de hacer por detrás. De no hacerlo, los agentes de tráfico se exponen de que en vez de ir a buscar lana, acaben por salir trasquilados.
diciembre 30th, 2007 a las 14:00
#10
pues ojo que los del C€RD0, ya cobran un canon sobre fotocopiadoras, faxes y scanneres… SI! habeís oído bien los “faxes” también entran.
y no son cuatro duros como los de la $GA€ precisamente. Las fotocopiadoras profesionales sufren un canon algo más importante que los multifuncionales, de 200, 400 e incluso más de 500 euros en algunos modelos en concepto de indemnización por las posibles copias protegidas por derechos de autor que se puedan hacer con ellas.
Una impresora doméstica multifuncion, se cascan la nada desdeñable suma de 15 euros por aparato, lo que supone en determinados modelos, hasta un 33% de grabamen.
Y dices que no te dejan copiarte un libro, sin autorización del autor, pero en cambio, bien que ya cobran una compensación por ello. Pues ya ves… por lo que clavan estos sujetos, deberias de tener derecho a fotocopiarte todas las publicaciones habidas en la biblioteca nacional 18 veces.
diciembre 30th, 2007 a las 14:03
#18
¿Cual es el uso que le da a su CD original de Office una vez instalado para que se le estropee? ¿De posavasos?
Del sistema de reparto de Sgae es evidente que no tiene usted ni puñetera idea, si se interpreta algo de un autor, aunque genere 10 céntimos, los cobra. Menos mentiras y menos estupideces, le podría mandar devengos míos de autores por cantidades irrisorias en las clásicas hojas apaisadas.
#21 Manu, las sentencias a favor de la sgae mediante grabaciones llevan sirviendo desde que aparecieron las primeras grabadoras de cinta hace como cincuenta años, con los vídeos además se certifica que se trata del local en cuestión. En cuanto a lo de no poder filmar porque se trata de una fiesta privada es otra estupidez. Los que están tocando no son invitados, están contratados y es la empresa que celebra la boda la que se beneficia y cobra más con música que sin ella. Dejémonos ya de tonterías porque es algo evidente para cualquiera, siempre que no esté cegado por sus ansias de conseguir ¿”una cesta”? (si es que se os ve el plumero a la mínima….)
Por cierto Manu, no vea tantos cenutrios, la filmación no es de la boda si no de la música que en ella se toca y vale ya….
enero 1st, 2008 a las 13:39
#24
En un mundo perfecto los programas se instalan y ya está. En nuestro mundo hay que instalar módulos y herramientas que no se instalan por defecto, cuando el programa los pide y cuando el ordenador se estropea y hay que reinstalar todo, pues eso. Eso se hace con la copia hasta que el lector de cedés no la “lea”. En ese momento se saca el original, se hace otra copia y se vuelve a guardar. Para que tome nota de la diferencia, hay distribuidores de software que venden el soporte sin licencia, es decir el cedé sin licencia de instalación. Para los que no han tenido la precaución de hacer copias. Seria comparable a vender cedés de música con el precio solo del soporte y sin licencia de reproducción.
¿me podría explicar lo del reparto de la Sgae, porque he leído de diversos autores afiliados que no cobran un duro. Y su obra se ha reproducido alguna vez.
¿los autores extranjeros reciben dinero del canon?
Se supone que son los más copiados y los que más soportes con canon van a consumir sus productos