dic 24

La justicia del Tamayazo

Al fin justicia: seis años después, un juez de Madrid ha firmado dos penas de cárcel para un proceso relacionado con el Tamayazo. Pero como la judicatura española es así, la condena ha caído sobre dos periodistas por contar cómo unos empresarios relacionados con este pestilente episodio afiliaron de forma irregular a un montón de amigos en el PP de Madrid para controlar así una agrupación local; la antesala del Ayuntamiento (y de la siempre rentable Concejalía de Urbanismo). El director de la Cadena SER, Daniel Anido, y el jefe de Informativos, Rodolfo Irago, han sido inhabilitados como periodistas y condenados a un año y nueve meses de prisión por publicar en la web de la SER los documentos que probaban la veracidad de esta noticia: la lista de los afiliados que se apuntaron al partido por la vía rápida.

La sentencia es desmesurada, inaudita, desoladora. El juez no desmiente la noticia, que considera probada, pero argumenta que detallar la militancia política es un delito de revelación de secretos que no está amparado por el derecho a la información. Su criterio deja al periodismo en una situación imposible para poder informar sobre la corrupción. Si la prensa ni siquiera puede contar en qué partido milita un político, ¿cómo de secretas resultarán sus cuentas bancarias en Suiza?

Pero lo parte más rancia de la sentencia habita en un párrafo, donde el juez argumenta que el derecho a la información se refiere a los “medios de comunicación social (televisión, radio o prensa escrita)” pero debe matizarse en el caso de Internet porque “no es un medio de comunicación social, sino universal”. Acabáramos. Ahora la libertad de prensa depende de cómo de lejos llegue tu cobertura; y si te pueden escuchar en todo el planeta Tierra, mejor te callas.

188 comentarios en “La justicia del Tamayazo”

  1. # bersuit dice:

    ¿Alguién sabe de donde ha salido este juez? De su afiliación política no hay mucha duda… Y otra cosa ¿Quién es el denuciante?

  2. #0 Tweets that mention Escolar.net » La justicia del Tamayazo — Topsy.com dice:

    […] This post was mentioned on Twitter by Ignacio Escolar, Ibon Basterretxea. Ibon Basterretxea said: RT @iescolar: En el blog: La justicia del Tamayazo http://bit.ly/5TtrL6 […]

  3. #0 Diego dice:

    Dura lex, sed lex. O eso es lo que se suele decir ante sentencias que no nos gustan…

  4. #0 uberVU – social comments dice:

    Social comments and analytics for this post…

    This post was mentioned on Twitter by iescolar: En el blog: La justicia del Tamayazo http://bit.ly/5TtrL6

  5. #0 Ignacio Escolar dice:

    #3. Que la ley sea dura no significa que tengamos que comulgar con las sentencias calamíticas. ¿En qué parte de la ley dicen que Internet es un medio universal y por lo tanto no está protegido por las mismas garantías que la radio, la prensa o la tele?

  6. #0 estupefacto dice:

    #3 Diego dice:

    Si, también lo decía el Calamita o el héroe de la mafia rusa Gómez De Liaño.

  7. #0 Facebook User dice:

    Don Javier, las 5 líneas que dicen eso de los 36 folias son absolutamente irrelevantes para la condena.
    ¿Cuantas de las 78 personas cuya adscripción política y por tanto ideológica se revela sin su consentimiento desempeñan alguna actividad política más allá de la simple militancia?
    Si para obtener las pruebas de la afiliación irregular (algo que no constituye ningun delito, borcierdro) los periodistas hubieran allanado la sede del PP y secuestrado o asesinado a la secretaria, ¿les ampararía el artículo 20 de la consti?
    Pues lo mismo. El límite del derecho a informar ´lo marca el código penal.

  8. #0 Nemo dice:

    Pues es verdad. Me parece que esta sentencia contra lo que choca frontalmente es contra esta tendencia posmoderna de la “cultura gratis” y la trinchera de los luchadores por la libertad de la PSP. ¿Qué es, al fin y al cabo, un nombre? Información, datos, bits: “La red es vasta e infinita, ¿cómo ponerle puertas al campo?” ¿Pero tú has salido alguna vez al campo? Está lleno de cotos y de vallados.

  9. #0 Facebook User dice:

    La alusión a intenné como medio de comunicación universal se usa para hacer constar que sin ninguna necesidad se publican esos datos en un medio al que tiene acceso toda la humanidad. Y no se usan en los informativos de la cadena ser.
    La defensa de los condenados fue que ellos no son los responsables de los contenidos de la web y que esta pertenece a otra empresa para la que ellos no trabajan.

  10. #0 MisterFloppy dice:

    Se trata de una nueva sentencia donde se pone a los pies de los caballos a un periodismo presuntamente desbocado.
    Esta sociedad acatará la sentencia pero no va a aceptar la mordaza, y mucho menos las que puedan venir fruto de la judicatura o del parlamento.

  11. #0 Miner dice:

    Es que no lo entendéis, el juez era ¡Dios! sino como se explica que la sentencia sea ¡Universal! Y quién es el amo del Universo, pues el del triángulo en la testa.
    Como puede un juez “razonar” que La Ser informó correctamente de la noticia, pero que no puede informar que los causantes de la misma(que tienen nombres),son falsos afiliados y que por lo tanto están implicados en el caso.
    Y esto lo razona un burro como yo, en cambio el funcionario al que yo pago ni se entera.

  12. #0 Fran dice:

    Vengo de entrar en tu articulo del Imparcial, y es que nos desfalleces, primero iban a ser las Navidades del Gurtell y ahora en otro de tus delirios dices ¿Y si el Rey nos comunicase su abdicación?, lo siento camarada laico no das una ni Gurtell ni abdicación, y ahora como en lo de la sentencia contra los dos periodistas de la SER, sale unas siglas PP, te empiezas a convulsionar de nuevo como la niña de Carrie.

  13. #0 Nemo dice:

    A mi de principio me parece justa toda sentencia que limite al poder periodistico, que es quizá la peor lacra de las sociedades occidentales. Es más que evidente que su función prioritaria ha degenerado hasta el adoctrinamiento de la población en los designios de los poderes fácticos de todo tipo, desde los económicos a los religiosos pasando por los políticos. Vivimos en una época en la que la ciudadanía tiene que defenderse de ese poder con uñas y dientes, principalmente apagando la tele, la radio, el ordenador y dejando a los periódicos amarillear en los quioscos. Si, además, los jueces ponen de su parte, mucho mejor. Incluso aunque a veces ello suponga dejar de denunciar los posibles desmanes de algún contrapoder enemigo, siempre estaremos vacunándonos contra los seguros desmanes de sus poderes amigos.

  14. #0 Dubitador dice:

    Me da la impresion de que no se trataba tanto de la revelacion de la militancia politica de una serie de personas como de las necesaria revelacion de la identidad de cada una de ellas a los efectos de demostrar el fraude revelado en la noticia.

    Solo revelando esas identidades cabe poner de relieve su militandia supersonica y por lo tanto puramente instrumental y relativa al fraude denunciado ante el partido y los organos judiciales.

  15. #0 Fireside chats dice:

    Gran discurso del primero de los españoles. Gracias, majestad.

    Y que haya muchos años más asó, celebrando la Nochebuena y ponéndonos hasta el culo. Como yo, que ya estoy soplao, y noqueado con esta algarabía de hermanos, cuñadas y sobrinos. Total, que a alguna cuñada me la cepillaba yo, pero ahora mismo sin contemplaciones ni mariconeos.

  16. #0 Fireside chats dice:

    Asó, no. Así.

    Ponéndonos, no. Poniéndonos.

    Es que estoy hecho polvo.

  17. #0 Miguel dice:

    Si se hubiera difuminado en el documento los nombres (o los apellidos) de los afiliados, la información hubiera sido la misma, pero no se hubieran revelado la militancia política de ninguna persona en concreto.

    Error grave del director de informativos de la SER, a mi juicio condena correcta, aunque la pena me parezca excesiva.

  18. #0 amarillo dice:

    La sentencia es gilipollesca, en tanto en cuanto en ella misma, que se ha hecho pública por escrito, y está en Internet, por orden del propio juez, supongo, están los nombres de los 78 Presuntos Peperos, que ya no son Presuntos, aunque no sabemos si serán aún Peperos. Quisir, que yo, que no quería conocer los nombres de estos 78, ahora ya los conozco. Así que ahora les toca denunciar al juez por haber hecho “universlamente” pública la sentencia.

    Y además está llena de comas, la sentencia.

  19. #0 jacobino dice:

    Con base en el art. 18 de la CE, el 197 del CP y la LOPD, ¿estamos de acuerdo en que un medio de comunicación, en el contexto de una información, publique la lista de afiliados de un partido político?

  20. #0 jacobino dice:

    Perdón, concreto la pregunta: en el contexto de la información de la Cadena SER, ¿era necesaria desde el punto de vista periodístico la publicación de esa lista, sin riesgo de afectar a la intimidad de los que en ella estaban? Este, y no otro, es el elemento central de la sentencia.

  21. #0 Suevo dice:

    No estoy de acuerdo con #20 jacobino. El problema no es que se publique una lista de personas apuntadas “curiosamente” al PP. El problema es el mensaje que se transmitía en esa información que ha sido juzgada.

    Una justicia que condena a los mensajeros y deja libres a los que se ríen de la democracia no es justicia.

    En España el sistema judicial sigue siendo heredero del franquismo, que creó un sistema judicial criminal impuesto por un golpe de estado terrorista. Mientras no cambiemos de arriba a abajo todo nuestro sistema judicial no podremos ser un estado democrático. Lo siento por los buenos jueces, que los habrá, pero hay que cambiar esto. Urge.

    La justicia, el sistema judicial, debe ser un referente ético, moral y un baluarte para toda persona que busque amparo. En España no es nada de eso. La vieja maldición castellana de “En pleitos te veas, aunque los ganes” sigue vigente. Pero -como siempre- es una maldición para algunos más que para otros.

    A todo esto: feliz navidad para estos periodistas. “Periodistas”, quien diría que esa palabra tan desprestigiada volviese a sonarme digna de respeto en este solsticio de invierno. Ojalá el sol y la esperanza vuelva, a partir de hoy, para todos nosotros.

  22. #0 jacobino dice:

    No, suevo, léete la sentencia: el problema es la publicación de esa lista. La sentencia no pone en cuestión el interés de la noticia, sino la necesidad de publicar esos nombres sin afectar la intimidad de sus titulares.

  23. #0 estupefacto dice:

    #5 Ignacio Escolar dice:

    Que la ley sea dura no significa que tengamos que comulgar con las sentencias calamíticas.

    psss, copiota..

  24. #0 CyberBeata dice:

    Que lan zunbao al ratzinger aussi.
    http://www.youtube.com/watch?v=bA7Ae84xetI#t=0m30s
    Ahora si que tengo felices navidades, juas juas juas.

  25. #0 daniel dice:

    Lo que tenían que haber hecho estos periodistas era quedarse la lista de afiliados como prueba, pero nunca publicarla ni cederla a cadenaser.com para que lo hiciera por ellos. Porque se les condena, concretamente, por revelación de secretos (art. 197 CP), y eso vale tanto si los publicas tú como si los cedes a otro. La sentencia dice que la afiliación a un partido es un dato personal, y que publicar la lista de afiliados no aportaba trascendencia a una noticia que el juez sí estima como de interés público. Pero dar esos nombres no aumenta ese interés y además colisiona con el derecho fundamental a la intimidad y el secreto de los datos personales (18 CE).
    Que hayan cedido los nombres a un medio de internet es secundario, si los hubieran cedido a un medio escrito, de tv o de radio, la condena sería la misma.

  26. #0 queequeg dice:

    Pues no se, pero yo si quiero saber quienes son parte ( 78 en este caso) de esa panda de hijos de puta que hicieron fraude en una elecciones y permitiron que desde entonces nos desgobierne esperanza aguirre en Madrid…

  27. #0 estupefacto dice:

    #25 daniel dice:

    Aquí lo importante es el derecho de unos militantes de palo a que roben unas elecciones en la intimidad. Muy guapo todo y viva el relativismo cañi.

  28. #0 Macmey dice:

    ¿Puede un sectario ser un poder del estado? …………. ¿pertenece este individuo al opus dei?

  29. #0 Proskrito dice:

    La derecha siempre gana, sino es en las urnas directamente, tiene los medios y los aparatos del Estado como segundo dique o bunker, de forma que nunca acabaremos de pasar ( ¿ o sí ? ). . .

    Este mismo juez que condena a los dos periodistas, seguro que se ha rascado los mismísimos,antes y después del ” tamayazo “. . .

    No me extraña que la Esperrancia manifestará tan alegremente ante las posibilidades de investigaciones jurídicas variadas, aquello de : ” miren,miren como tiemblo. . . “.-

  30. #0 Diego dice:

    #5 Me temo que sí que tendrás que comulgar, y más como periodista. Debajo de la montaña de negativos hay algunas explicaciones de la sentencia que dejan un poco en pelotas la argumentación de la SER (y que supongo que tú asumes) de que Anido y el otro fueron condenados “por informar”. No, fueron condenados por revelación de secretos. No revelaron la militancia de un político, que eso es un dato público, sino la militancia de gentes anónimas, cuyos datos están protegidos por la ley. Y de manera innecesaria. Y les han empurado por ello.

    Supongo que la próxima cortinilla de la SER será “Cadena SER: líderes en todo, incluso en directivos encarcelados”.

    (Aunque bueno, por suerte para ellos no van a entrar en prisión).

  31. #0 La justicia del Tamayazo dice:

    […] La justicia del Tamayazo http://www.escolar.net/MT/archives/2009/12/la-justicia-del-tamayazo…  por Litosan hace pocos segundos […]

  32. #0 la_rayuela dice:

    Bajo mi punto de vista, no me cabe ninguna duda de que el juez es un delincuente que debe ser inhabilitado para el ejercicio de la magistratura.

  33. #0 Diego G. dice:

    A todo esto… ¿qué relación tiene esto con el Tamayazo? Quicir, unos tíos, relacionados con el tamayazo (¿relacionados cómo?, ¿como el de CiU de la operación Pretoria era “Socio de Aznar”? ¿Relacionados como el Juan de Mariana y el PP? ¿O relacionados de verdad?) están metidos también en este otro caso, pero aparte de la coincidencia de personajes, ¿hay alguna relación entre un caso y otro? ¿O es sólo un intento (uno más) de deslegitimar a Esperanza Aguirre? Lo digo tras ver la reacción de #23, histérico perdido porque los suyos nunca ganan y Aguirre lleva dos mayorías absolutas consecutivas.

  34. #0 la_rayuela dice:

    La sentencia confirma mis peores sospechas, las de que en Madrid no hay democracia, ni estado de derecho, ni libertad de prensa, ni una mierda que se le parezca.

  35. #0 piezas dice:

    #24 CyberBeata

    ¡¡Es introler… intoble…!! ¡¡no es admisible, esto del wyoming!!

  36. #0 la_rayuela dice:

    “A todo esto… ¿qué relación tiene esto con el Tamayazo?”

    La misma de siempre, Esperanza y su larga sombra de amigos e intereses… Ese cáncer de la democracia española.

  37. #0 piezas dice:

    Joder, dieguis hija, qué tragaderas. Medán ganas de hacerte la pregunta esa del semen, y tó…

  38. #0 megastolaspelas dice:

    Hay demasiadas muestras de que la gran mayoría de los jueces son fascistas.

    Ante la situación es muy recomendable analizar las causas de tener una judicatura de rancios carcamales.

    A mi me parece que las clases pudientes de la sociedad se han preocupado de mantener los puestos relevantes del poder que les permiten continuar con los privilegios que están heredando.

    Unos por herencia y otros por disponibilidad de recursos.

    La cuestión es que están ahí controlando que los ricos sean intocables.

    También cabe la búsqueda de soluciones a la ocupación del poder por estos individuos que lo último que piensan es en impartir justicia.

    Tarea ardua cuando tenemos a personajes que creen más en Dios que en la Ley.

    Y casi imposible de corregir cuando el PP al completo y el PSOE en su indolencia permiten que se perpetúe esta gentuza.

  39. #0 estupefacto dice:

    #24 CyberBeata dice:

  40. #0 estupefacto dice:

    #24 CyberBeata dice:

    A ver si el Zombie Jipi se ha hartao de los satánicos que llevan monopolizando su representación en la tierra y quiere empezar a limpiar por la cumbre…

  41. #0 estupefacto dice:

    #37 piezas dice:

    Es que para dieguis el tamayazo es un invento de la progresía y zetaparo llegó a la presidencia en tren yelordenadorderubalcabahryuahfalksjhdfuayiquwyeaaargghghghhh!!!!!

  42. #0 Diego G. dice:

    #38 Ay que me meo. Una puta sentencia que no les da la razón a los progres y ya estamos hablando de jueces fascistas. Macho, que mal perder tenéis en el búnker.

  43. #0 Diego G. dice:

    #41 Pues hoyga, más bien. Dejando aparte las soplapolleces que los retrasados mentales soléis atribuirle a todo el que os lleve la contraria (se llama muñeco de paja), lo cierto es que el Tamayazo es una conspiranoia progre de las que hacen época. Aún estoy a la espera de pruebas de que el PP compró a Tamayo y Sáez. De paso, aún estoy a la spera de que me expliquen por qué se les llama tránsfugas si jamás votaron con el PP. De paso, espero que me expliquen por qué el PP, si había comprado a esos dos en tan “pestilente” episodio, convocó (y ganó por mayoría absoluta) otras elecciones, en vez de gobernar con los dos sociatas renegados.

    Pero vamos, vosotros mismos. Aguirre en el gobierno de la CAM y Público rabiando, no sé que más podría pedir. Lo único bueno que hicieron Tamayo y Sáez fue darles la posibilidad a los madrileños de recapacitar, y no poner de gobernante al enano descerebrado de Simangas.

  44. #0 mimenda dice:

    38
    Tu comentario no me parece mal, yo tampoco entiendo cómo se puede aprender a bien juzgar en una carrera que secuestra al estudiante, subvencionado por su pudiente familia, en los años en que este debe aprender la vida en general, también y no solo su futura profesión.
    Tu primera frase es desafortunada. La mayoría de jueces no son fascistas, la mayoría de jueces son gente que después de haber sacrificado parte de su juventud se resarcen con un buen sueldo, un mínimo trabajo y la consideración de sus círculos próximos. La mayoría de jueces se pliegan a un corporativismo feroz, pero no son fascistas.
    Aparte, también tiene guasa que casi todas las leyes sean interpretables.

  45. #0 Diego G. dice:

    #37 Piecicitas, de semen no se mucho, pero tengo un amigo sociata que cada vez que habla de algo relacionado remotamente con Esperanza Aguirre necesita Hemoal y Almax en dosis masivas.

    Yo le he recomendado que se afilie al PSOE que por lo menos con un poco de suerte cobrará por decir las mismas estupideces del gobierno…

  46. #0 piezas dice:

    No hay denuncia ante notario, no hay caso.

    Tantas dudas pa unas cosas y tan pocas pa otras… MORIGERAO!! XDD

  47. #0 skosvas dice:

    #26 queequeg

    Yo también quiero saberlo. La cuestión es que me lo tiene que deecir una sentencia, no un medio de comunicación.

    El asunto este pone de relieve un asunto que hay que solucionar. En el fondo es el mismo problema que hay con el intercambio de archivos: La velocidad con la que se transmite la información.

    No creo que los periodistas acertaran en publicar los nombres de los fulanos, pero si dárselos al juez para no violar la privacidad protegida que tienen.

    Hace poco violaron los derechos fundamentales de un chico de Tenerife en términos parecidos. La privacidad es SAGRADA y me temo que las ganas de publicar “carnaza” supera muchas veces ese asunto.

  48. #0 piezas dice:

    Hasta Piyei tacha la sentencia de disparate, dieguis, ¡hasta Piyei, date cuén!

  49. #0 estupefacto dice:

    #43 Diego G. dice:

    Venga que si, que el tamayazo es una conspiranoia Espperrancia es liberal y Jerman Tershchshchs un héroe de la libertad de expresión.

    xDDD

  50. #0 skosvas dice:

    #48 piezas

    Faltaría más piezas, pero no por que el sienta algún respeto por la privacidad o las garantías legales de una persona, sino porque no la siente. Es como estar en contra de la pena de muerte porque tienes un negocio de cárceles de alta seguridad; si te los matan, se resiente el negocio, ergo hay que estar en contra de eso.

  51. #0 piezas dice:

    Es un chollo eso del conspiracionismo. Aplicao de manera equidistante, iguala teorías delirantes a cosas que están a la orden del día (¿braguetazos en política? ¿conspiraciones políticas? ¡buah! ¿dónde se ha visto cosa tal? XD). Por cierto, la sentencia es bastante jodida pa la tesis de cara de poker de Ehperancita, no se si tas dao cuén, dieguis. Vamos, que abunda en lo abundante.

    Qué selebros, dieguis lló me lo miraba. Pide hora con el Polaino o algo…

  52. #0 piezas dice:

    Si los datos fueran falsos, la sentencia tendría otra forma, dieguis. No se, por injurias o algo así, pero no por revelación de secretos.

    Es que tiene pezones, dieguis. Mírate eso de Polaino, hasme caso…

  53. #0 Spain dice:

    Estas cosas deberían ir a Europa con una llamada de SOS. Con la llegada de la democracia, Europa dejó de interesarse por los atropellos de derechos que se daban en este país como si ya supiésemos/tuviésemos estructuras para poder andar solos. Como si el tráfico de influencias se segara de un día para otro. Ya hemos visto que no es así. Cuando se quiere ocultar algo hay juzgados que solicitan archivos tras archivos, sobreseimientos, no se instruye… y sentencias demenciales. Mil trucos para que unos cuantos se enriquezcan. El fin siempre es el mismo. El enriquecimiento personal de unos pocos. Palo al que intente impedirlo.

  54. #0 daniel dice:

    Soy de los que piensan que el tamayazo fue un robo a la democracia. Pero eso hay que juzgarlo aparte. Aquí lo que se ha juzgado es la publicación de una lista con datos personales. El 20.4 CE dice que el límite del derecho de información es el derecho a la intimidad. El juez entiende que en este caso se ha rebasado. Pueden recurrir los condenados y ver si otro juez interpreta que la publicación de los nombres era necesaria para la trascendencia pública de la noticia. Por cierto, yo aconsejaría a la cadena SER a que no abuse del argumento de internet, porque si la justicia mantiene que en este caso el derecho de privacidad está por encima del de información, podría ser un agravante.
    El tamayazo no se investigó porque el PSOE, en lugar de instar a la fiscalía a que lo hiciera, se lanzó a presentar una querella criminal ante el TSJM sin pruebas y sin acusados concretos. A veces la derecha se beneficia de los errores de la izquierda, y ya son demasiados. A ver si aprendemos.

  55. #0 Joaquín Valdés Sánchez dice:

    Madre mía que han dado la suelta en el cotolengo por navidad.

  56. #0 Spain dice:

    daniel, o la fiscalía debería haber iniciado una investigación de oficio ¿no?. Se supone que está para defender los derechos de los ciudadanos.

  57. #0 FuzzyLogic dice:

    Es que el sector del ladrillo es nuestra versión cateta y chusquera de aquel “complejo militar-industrial” del que hablaba Eisenhower…

  58. #0 daniel dice:

    Spain, es posible. No sé si tenía que actuar la fiscalía anticorrupción o la del TSJM, ni tampoco si pueden actuar ambas de oficio o necesitan una denuncia previa. Recuerdo que Jiménez Villarejo, entonces fiscal anticorrupción, dijo que no podía actuar de oficio en ese caso. De todos modos, el recurso a la fiscalía no lo tuvo en cuenta el PSOE, grave error, y se fueron a por la querella criminal al TSJM. Sin pruebas, sin acusados concretos, sin nada, asesorados por esos brillantes constitucionalistas (en un tema penal), como son López Garrido y López Aguilar. Un error más del PSOE de Zapatero del que se beneficia la derecha.
    En todo caso, el tamayazo fue lo que fue, y aquí lo que se ha juzgado es la posible revelación a terceros de datos personales. Y esto hay que analizarlo conargumentos jurídicos, no políticos.

  59. #0 skosvas dice:

    #54 daniel

    Coincido con tu punto de vista.

    Eventualmente en el momento de los hechos, la estrategia jurídica del PSOE, perjudicado en aquel asunto, fue nefasta. Se lo montó mal. Con posterioridad…ha ocurrido lo que ha ocurrido.

    Insisto en que los periodistas encausados han tratado de hacer un bien social, y no discuto que sus motivaciones sean buenas y honertas, pero tienen que tener en cuenta que hay rayas que no se deben traspasar. Tuvieron que tener en cuenta que no podían publicar esa lista y estoy seguro de que disponían de alternartivas suficientes para obtener el mismo resultado que perseguían sin hacerlo.

    Lo curioso de todo este asunto es que estando de porquería todo dios hasta el cuello, sea un mensajero interesado en ayudar a la sociedad revelando un escándalo, el que se la cargue; viendo como estamos viendo como conductas muchísimo más reprobables se refugian en un laberinto juridico insondable via archivos, traspasos, de forma que los fulanos siguen ahí en el machito, porque la cosa es como es.

    Y todo eso es lo que hay que arreglar.

  60. #0 Carlos Arrikitown dice:

    Esta sentencia y la de que no la violaron porque no llevaba bragas describe la judicatura ispagnhiola muy cinco estrellas.
    Un absurdo.

  61. #0 Yo, Claudio Schieffer dice:

    Empieza a resultar un poco cansina esa táctica derechona de que cuando alguien les saca trapos sucios, condenar a la otra parte por chivata. Y es muy triste que les funcione…

  62. #0 Tweets that mention Escolar.net » La justicia del Tamayazo — Topsy.com dice:

    […] This post was mentioned on Twitter by Martin Miralo, Guillermo Garrido. Guillermo Garrido said: Un juez: protección constitucional al derecho de información se refiere a televisión, radio, prensa, pero no Internet http://bit.ly/93eNj3 […]

  63. #0 estupefacto dice:

    Si ya lo decía el monorquido. Atado y bien atado.

  64. #0 Txomin Goitibera dice:

    Y mientras tanto el estafador confeso Díaz Ferrán de rositas y chuleando.

  65. #0 lula dice:

    Skosvas, el problema es que tiene toda la pinta de que la sentencia se agarra a la privacidad como se podía agarrar a cualquier otro clavo. Pretende ser “ejemplarizante”, de ahí lo desproporcionado de las penas. Vamos, que lo que quiere es acojonar.
    Vale que dar los nombres de unos tipos en relación a afiliaciones a un partido político (que no es exactamente lo mismo que revelar de qué club de campo son socios, o al menos no debería serlo) sea punible. Pero ¿cárcel? ¿Tropecientos tres años de inhabilitación? Pues mira, no.

    Esta semana en Callejeros Viajeros o Españoles en el mundo o uno de esos programas de viajes, no recuerdo cuál, hablaban de Finlandia. Un tío que vivía allí le pidió al reportero que eligiera un coche del aparcamiento en el que estaban, mandó un sms con su matrícula y recibió uno con el nombre del propietario, mandó otro con el nombre y recibió dni, últimos ingresos declarados y no sé qué datos más del tío en cuestión. Ya sé que para tener algo así aquí habría que importar a los fineses, porque nosotros haríamos un uso más que indebido de tanta información. Pero un poquito de gusto por la transparencia sí que podíamos aprender, eh. Si el funcionamiento de los partidos fuera de dominio público, que es lo que debería ser, que son organizaciones con fines público ¡carallo!, estos señores no habrían cometido ningún delito. (Claro que es más que probable que el juez hubiera encontrado algún otro resquicio, pero ese es otro cantar)

  66. #0 daniel dice:

    Lula, pues les ha aplicado el grado mínimo en el delito de “revelación a terceros”. Las acusaciones particulares y la fiscalía al principio pedían tres años y medio, y el juez ha rebajado a un año y nueve meses. Es más: el juez admitió que el acceso a esa lista (que ya es delito) lo cubre el derecho de información, y también el no revelar la fuente. Si te lees bien la sentencia, puedes llegar a la conclusión de que, en el fondo, el juez ha sido bastante templado con ellos.
    Otrosí: las listas de afiliados a los partidos son datos personales, secretos e intrasferibles. El que los partidos estén constitucionalizados no anula esa situación. De momento, creo que también son secretas las listas de sus donantes. No obstante, está claro que el régimen de partidos en España merece una reflexión, y que el tema que planteas puede ser discutible.

  67. #0 skosvas dice:

    #65 lula

    Pero si es que el problema es precisamente ese. La judicatura española lleva poniendo parches a una situacion decimonónica. Los legiladores llevan poniendo parches a esa judicatura que pone parches desde hace 20 años, y como consecuencia vivimos en un sistema que algunos dicen “de derecho” donde cualquier aberración es posible porque tienes opiniones válidas jurídicamente en un sentido y en el contrario; y los tribunales de última instancia están dominados por la clase política (fijate en el asunto del Estatut).

    Lo que ya no se es si este estado de cosas que propicia cosas como esta que comentamos en el hilo es algo conveniente o no para algunos…ya sabes, hoy te toca a ti y hoy me toca a mi; mejor esto que no pringuemos todos.

    Lo que mi experiencia personal me dice es que las cosas que ya tienen muchos parches es mejor tirarlas y buscarse unas nuevas. Como los coches: Cuando ya empiezan a dar problemas es mejor cambiar, o te arruinas con el taller…por mucho que le tengas cariño.

  68. #0 Diego G. dice:

    HOYGAN LLO SE K HESPERANSA HAGIRRRE KONPRÓ A TAMALLO I SAES XK TENGO PRUEVAS SUPER PRUEVOSAS O PROVATORIAS NO SE KOMO SE DISE I ADEMAS HAGIRRRE GANO LAS HELEKSIONES KONPRNADO BOTOS DE BERDAD K SI X ESO AN KONDNADO A HAGIRE X KONPRAR HELEKSIONES.

    Juasjuasjuas… Pezones Blancos, Peones negros… en realidá sus parecéis más de lo que creéis.

  69. #0 Azogue dice:

    DiegoG, eres patético. No te mereces ni el negativo.

  70. #0 estupefacto dice:

    #68 Diego G. dice:

    Es que en Equidistán a la pellejuda se le conoce como “La Marquesa Cojonuda”, el comportamiento de los empresarios que afiliaron a sus amiguetes no es normal pero es que el PSOE con Juan Guerra… como tampoco es el comportamiento de los espias de Granados pero es que Rubalcaba con su ordenador… y tampoco es ejemplar los paseos de Ignacio Gonzalez por Colombía con bolsas de lavandería pero es que Roldán en Laos…

    Como dice Azogue, pa-té-ti-co.

  71. #0 Dubitator dice:

    No sé tu, pero si yo me afilio al PSOE (por mi cuenta, o en masa para hacer presión) esa información es privada y NADIE tiene derecho a publicar mis datos y que el vecino de enfrente sepa que soy del PSOE, del PP o de CIU.

    Ese es el delito de revelación de secreto. De la misma forma que si Ignacio Escolar saca la lista de las IP, llama a los operadores de Internet y al día siguiente publica los nombres de todas las personas que se han conectado y han comentado, comentarios incluidos. Entonces, no te quepa la menor duda, que le cae un pleito de tres pares.

  72. #0 skosvas dice:

    A ver….es que esto tiene matices. Nacho dice DOS cosas, una falsa y la otra cierta. El corporativismo (lamentablemente), hace la mezcla.

    1)La condena ha caído sobre dos periodistas por contar cómo unos empresarios relacionados con este pestilente episodio afiliaron de forma irregular a un montón de amigos en el PP de Madrid para controlar así una agrupación local; la antesala del Ayuntamiento (y de la siempre rentable Concejalía de Urbanismo).

    Yo no creo que les hayan condenado por contar eso, de hecho en el siguiente párrafo se aclara la razón por la que se les condena:

    2)El director de la Cadena SER, Daniel Anido, y el jefe de Informativos, Rodolfo Irago, han sido inhabilitados como periodistas y condenados a un año y nueve meses de prisión por publicar en la web de la SER los documentos que probaban la veracidad de esta noticia: la lista de los afiliados que se apuntaron al partido por la vía rápida.

    La cuestión es si ERA NECESARIO (pardillos) publicar esa lista y vulnerar la ley, para PROBAR que su historia era cierta. Que no me digan que esa era la única forma de probar su historia ante la opinión pública.

  73. #0 skosvas dice:

    Imaginemos que soy el director de un medio de comunicación (de Internet o prensa o TV) que “me entero” de que un pez gordo (sea del partido que sea), ha cometido diferentes irregularidades de las que tengo documentos probatorios irrefutables, pero cuya publicación viola la ley de privacidad de la que estamos hablando.

    Pues lanzo el reportaje a toda plana y oculto las pruebas en una caja fuerte y espero a la querella, y en su momento, expongo las pruebas ante el juez, a ver si puede con ellas.

    Y si me llama mentiroso, me querello yo contra él y se caga por las patas abajo.

  74. #0 Traidor dice:

    Si era una lista falsa, ¿ De cualo se les condena ?

  75. #0 daniel dice:

    skosvas: o llevas las pruebas al juez o al fiscal, te haces una copia y cuentas la noticia igual pero sin dar los datos privados. Los periodistas de la SER creían que con esa lista tenían una prueba de una irregularidad o de un delito, pero en lugar de ir al juez o al fiscal, van y no sólo lo cuentan (lo que está bien), sino que encima publican los nombres de la lista. Sobre esa posible afiliación irregular no hubo juicio, y por lo tanto esas personas, mientras no se les condene, tienen los mismos derechos que tú, que Escolar y que yo.
    Los periodistas de la SER tenían que haber ido al juez o al fiscal con la lista si creían que probaba algo, hacer una copia y contar la noticia sin dar los nombres. Sí, se pasaron un poco y ahora lo pagan.

  76. #0 skosvas dice:

    #75 daniel

    Creo que pese a la tolerancia que el juez esgrime en el auto…demasiado caro; aún asi…

    Lo que pasa es que esto entronca con diferentes “pasadas” de otros periodistas, que a mi jucio con insinuaciones gravísimas, perseguían objetivos más gordos.

    A estos les meten un buen palo por una pequeña pasada que viola la ley, buscando ayudar a la sociedad desvelando algo pestilente.

    Sin embargo, otros locutores famosos de hablar deforme, no se recatan en hacer insinuaciones de dudosa prueba y difundir bulos con el ánimo de crear crispación…y a ellos no les inhabilita nadie, a pesar de llevar ya la intemerata en juicios perdidos…(aunque fuera por repetición).

    Yo es que sigo creyendo que no hay absolutos en las leyes, pero que de haberlos (los menos), tendrían que existir en un sistema legal y legislativo muy diferente de los que hay en España.

  77. #0 daniel dice:

    skosvas, ok. Dices que los periodistas de la SER buscaron ayudar a la sociedad desvelando algo pestilente. Sí, pero no fueron al juez ni al fiscal con la prueba de algo pestilente, sino que se limitaron a ir a la radio a cantarlo a los cuatro vientos. Eso no abre un juicio, lo que abre un juicio es una demanda o una querella si no hay actuación de oficio. Si querían trincar al tal Vázquez, tenían que haber llevado la lista al juez o al fiscal, si es que realmente era una prueba fehaciente, y dar la noticia a toda página con una copia de la lista a buen resguardo, pero no dar nombres por la web, hombre. Mucho desprestigio y todo lo que quieras, pero lo único que han conseguido es que al Vázquez no lo enjuicien y que encima se querellen contra ellos los de “la lista de Vázquez” y ahora son ellos los que tienen que pagar. Y luego criticamos a los de derechas que si tal o que si cual, pero es que no aprendemos, carallo. Estos fueron a por lana y salieron trasquilados

  78. #0 skosvas dice:

    Si es que han pecado de Pardillos, podían haber hecho ver que tenían la lista publicando las iniciales…y si quieres ya cogertela con papel de fumar, podemos pensar en el valor “informativo” de los nombres completos.

    ¿Que valor informativo tenia la lista, con nombres y apellidos, de esa gente? cuando la noticia se refiere a un violador -por ejemplo- yo solo veo L.M.N. (o las que sean las iniciales del sujeto), pero no veo nombre y apellidos.

    ¿A que venia el publicar esa lista? pues a apuntar con el dedo a “peperos” PRESUNTAMENTE corruptos.

    Si es que tenían que haberles dado una colleja por tontos.

  79. #0 daniel dice:

    Bueno, pues el resultado, skovas, es que no hubo juicio contra Vázquez porque no lo denunciaron, el tío se fue de rositas y encima la mitad de los afiliados “irregularmente”, se supone que con su consentimiento, se han permitido el lujo de invocar sus derechos fundamentales y han denunciado a los mismos periodistas que decían que tenían una bomba contra Vázquez. El fiscal al principio y las acusaciones particulares les pedían tres años y medio. El juez, al final, lo ha dejado en un año y nueve meses. Y ahora se quejan del juez, del ataque a la libertad de expresión y de la justicia española. Como el PP. Hay que ser pringao, carallo. Tamos de acuerdo, skovas.

  80. #0 Dubitador dice:

    No hay revelacion de secretos -tal como la militancia politica- en tanto que es justamente la falsedad de ese dato personal, de esa militancia fraudulenta, lo que se pretendia revelar, proclamar, denunciar.

    La identidad y enumeracion de los integrantes de la lista era necesaria, o cuanto menos eficaz, a los efectos de demostrar y/o justificar la certeza del fraude, ya que la identidad de los sujetos afectados permite determinar que cada uno de ellos no era militante antes de cierta fecha y sobre todo poner de relieve los vinculos -incluso de subordinacion laboral- respecto a los promotores de la afiliacion fraudulenta y por tanto falsa militancia, en tanto que puramente orientada a provocar un vuelco en unas determinadas votaciones.

    No puede estar pues protegido por el derecho a la intimidad justamente el dato que constituye prueba y clave necesaria de la irregularidad, inmoralidad -o acaso delito- de los hechos que se denuncian ante la opinion publica.

  81. #0 daniel dice:

    Dubitator, todo eso, muy bien. Pero al juez o al fiscal, no en la radio. Y si quieres cantar, siempre mejor con iniciales que con los nombres completos, por si acaso. Como los periodistas no denunciaron a Vázquez por ese delito que dices, los de la lista mantienen sus derechos y se han permitido el lujo de denunciar a sus denunciadores. Pero los denunciaron donde hay que hacerlo: en un tribunal. Ahora, el Vázquez de rositas, los de la lista a cobrar y los periodistas a pringar.

  82. #0 piezas dice:

    Nosé, lo que protege especialmente el CP son filiaciones ideológicas, religiosas, etc, con lo que a mi me parece un fin clarísimo (y corríjanme si yerross): que no se puedan elaborar listas negras por razones ideológicas, es decir como salvaguarda de la libertad individual. Pero la filiación que se denuncia por más que sea a un partido político no es ideológica, sino fraudulenta. Es que es el meollo de la cuestión.

    A mí me paece tó delirante, y mira que le doy vueltas…

  83. #0 Dubitador dice:

    Daniel, justamente eso es lo que quizas deba sustanciarse en la apelacion.

    Si la militancia es falsa, la revelacion de ese dato no implica atentado a la intimidad, puesto que es justamente ese dato personal -en este caso amañado- lo que requeria ser denunciado ante la opinion publica.

    Y no, esa afiliacion relampago no es necesaria ni automaticamente delito, salvo quizas, si organos competentes de la institucion afectada lo denuncian y prueban como tal, esto es dan fé de que se ha producido tal fraude y provocado determinado perjuicio.

    Los periodistas no tenian pues por que acudir al juez, pero si revelar a la opinion publica que se habia producido unos hechos con innegable repercusion social en tanto que determinaria la composicion de los organos de gobierno de una institucion publica que gestionaria, en delegacion, recursos y poderes de los ciudadanos.

  84. #0 skosvas dice:

    En cualquier partido al que te afilies, siempre hay cláusulas relativas a la privacidad de los datos.

    Si la afiliación es fraudulenta o no es el meollo de la cuestión, pero mientras no se sustancie en contrario, no lo es. Y no fueron ningún lado a denunciarlo para que se sustanciara, y si fueron, no se tuvo en cuenta.

    En todo caso, no les costaba nada haber publicado las iniciales y decir que tenian la lista completa.

  85. #0 daniel dice:

    Pues si los periodsitas no tenían que ir al juez, alguien lo tenía que haber hecho. Pero Dubitator, no creo que en la apelación se plantee lo de las afiliaciones irregualres porque no es el caso, porque en su momento nadie lo denunció ante los tribunales y porque en este juicio ni siquiera se ha planteado. En los hechos probados de la sentencia sólo consta lo referido a la denuncia contra los periodistas, no a lo anterior. El tema de las afiliaciones irregulares si no se juzgó en su día porque nadie demandó, ahora sería extemporáneo. Esa ausencia de juicio provoca que los miembros de esa lista mantengan incólumes sus derechos y puedan, precisamente, ejercer acciones legales ahora contra los periodistas que les nombraron. Porque no hubo juicio en su día, el cazador cazado. Y de aquéllo ya ni hablar, porque ya no toca. Si esas personas han sido afiliadas irregularmento o no ya nbo es el tema, lo fue en su momento pero nadie denunció. Ahora el tema es por qué los han nombrado en público. Y la apelación se tiene que ceñir a los hechos probados de la sentencia recurrida, no a otros. Eso es lo que se juzga. Una pena, pero no se hicieron bien las cosas en su momento. Nos queda el derecho al pataleo y a quejarnos de lo mala que es la derecha de este país, que vive de cojones con la izquierda que le ha tocado.

  86. #0 daniel dice:

    Acabo de ver el mensaje de skovas, y coincido plenamente.

  87. #0 amarillo dice:

    No me canso. La sentencia es desequilibrada, y si me apuras, subversiva.

    No creo que tengamos una constitución tan “perfecta” que sea capaz de mandar a la carcel a dos periodistas por haber publicado la verdad.

  88. #0 skosvas dice:

    #82 piezas

    Resulta delirante, si, pero no hay vuelta de hoja. Por mucha alharaca mediática que haya, como dice Daniel, solo queda el derecho al pataleo.

  89. #0 skosvas dice:

    #87 amarillo

    A ver hombre, que no les condenan por decir la verdad, sino por algo tan absurdo como publicar una lista. NO PUEDEN publicar esa lista. Además, y para más inri, NO tenían necesidad de hacerlo, y por hacerlo, es por lo que les han denunciado.

    El auto no niega la veracidad de la historia en ningún momento, Amarillo, y en eso se ampara la defensa, y tiene razón. Pero la condena es por publicar una lista.

    Así de sencillo.

  90. #0 skosvas dice:

    Artículo 197 del Código Penal.

    1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, SIN SU CONSENTIMIENTO, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

    2. Las mismas penas se impondrán al que, SIN ESTAR AUTORIZADO, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, DATOS RESERVADOS DE CARÁCTER PERSONAL o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.

    3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si SE DIFUNDEN, REVELAN O CEDEN a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores.”

  91. #0 skosvas dice:

    Yo lo siento en el alma, de verdad, pero en la esfera en la que se mueven cuando metes la pata, te pasa lo que les ha pasado a ellos.

    A mi lo que me da es que la SER ha actuado de mamporrera del PSOE de Madrid que no hizo sus deberes en su momento ocupándose como era debido del Tamayazo y dejandolo correr, como si no hubiera sido capaz de reaccionar del KO que les dieron Tamayo y Sáez.

    Es un asunto verdaderamente apestoso en el que han pagado los que menos tenían que ver en el asunto por pasarse de listos.

  92. #0 daniel dice:

    skosvas: una vez más, completamente de acuerdo. Recuerdo aquellos días, la cruzada de la SER contra el PP y la inoperancia del PSOE, ya dirigido por Zapatero. A veces a la SER se le ha ido la pinza, como con lo del suicida. Pero tu definición de mamporreros del PSOE es perfecta. Eso sí, de un PSOE “dolce far niente”.

  93. #0 piezas dice:

    #84 skosvas

    Las cláusulas de privacidad de datos no tienen nada que ver (si hablamos de datos de carácter personal hacemos referencia a la LOPD, que no se aplica en esta sentencia), se trata de otra cosa.

    El derecho al pataleo como último recurso no está nada claro, porque la sentencia no es firme. Lo comentaba ayer más abajo en circunstancias algo informadas: escribiendo portátil contra portátil de abogao, que tiene la absoluta convicción de que la sentencia la tiran por desmedida y por surrealista.

  94. #0 piezas dice:

    #68 Diego G.

    Dieguis, ¿qué te ha pasao en la boca?

  95. #0 piezas dice:

    …pezones y antipezones la misma mierda son… XD

    XDDD

    XD

    No quería. Mira quesque no quería, pero me puede el hespíritu nabideño XDDD

    XD

  96. #0 Alex R.I. dice:

    Pues a mí la sentencia no me parece mal. Lo que sí me llama la atención es el corporativismo entre periodistas, que cuando a uno se le condena por algo es un ataque a la libertad de expresión y no la censura de una mala práctica. Y luego se quejan cuando un político corrupto dice que atacarle a él es atacar a España/Italia o lo que sea.

  97. #0 amarillo dice:

    skosvas, verás, podría haberse dado el caso de que doña Espe gobernase en Madrid sin que mucha gente supiéramos “la verdad”…

    Pero eso ya pasó. Y ahora aparece una penosa sentencia que dice que el PP de Madrid es poco más que un grupo de rojos masones que no permiten que los pobrecitos que les votan sepan quienes son.

    Que sí, que puede ser cierto. Pero es muy duro ver a dos periodistas en la cárcel por ello.

  98. #0 piezas dice:

    ¿Utilizar un derecho importantísimo para tapar un fraude te parece bien, Alex?

    A mi me parece un perjuicio hacia el derecho importantísimo.

  99. #0 Carlos Arrikitown dice:

    A los que están dando consejos sobre como los periódistas deberían haber actuado les recomendaría que no se quedasen cortos, lo que tendrían que haber hecho eran preguntar al juez que por favor les pasara su diccionario del auténtico español del juez de derechas. Ese donde revelar, desvelar, falsedad, publicación e ideología tienen su particular definición flipante.

  100. #0 piezas dice:

    Prostitución de la peor.

  101. #0 Atamaría dice:

    En china acaban de condenar también a un opositor por pedir algo de libertad, o algo así, ¿es que aquí va a suceder lo mismo?. Yo creo que deberíamos conocer el nombre y apellidos de todos los delincuentes, de cualquier tipo, para al menos, ya que otra cosa parece que no podemos hacer, saber a quienes “subvencionamos” con nuestros impuestos y de paso procurar alejarnos lo más posible de ellos a fin d evitar que nos aligeren la cartera.

  102. #0 skosvas dice:

    #99 Carlos Arrikitown

    Yo no intento dar consejos sobre el “general” de la cuestión, es más el trabajo de investigación de la SER ha sido muy bueno; el mismo juez admite la veracidad de la historia.

    Pero tenían que haberse fijado en el pequeño detalle de que no pueden publicar ciertas listas. Si lees la sentencia, hasta admite que tienen derecho a la reserva de decir cual fue su fuente de información. Todo está correcto. Lo que no se puede hacer es publicar nombres, direcciones y teléfonos de afiliados a un partido.

    La idea es afirmar que son afiliaciones irregulares. Eso sostiene la SER, pero ningún órgano legal las ha calificado como tales. No se denunció en su día ni ahora es tampoco objeto de debate. Mientras UN JUEZ no diga que son afiliaciones regulares, son afiliaciones normales. Este asunto tuvo que ser arreglado en su día, pero no lo fue; y ahora resulta que esos personajes han demndado a los periodistas por publicar sus datos personales extraidos de una lista de afiliación que es SECRETA.

    Un periodista no es la persona que debe decir si una afiliación es irregular o no; ha de ser un juez, y ningún juez lo ha hecho. DEl mismo modo que el Ministerio de cultura no es quién para arrogarse el derecho de cerrar una web. Ha de ser un Juez.

    Ya se que jode mucho, y que hay gente que onsidera que la sentencia es desmedida, pero si en su día se hubieran hecho las cosas correctamente y se hubiera probado que esas afiliaciones eran irregulares con la correspondiente decisión judicial, ahora no estaríamos donde estamos.

    Se trató de señalar a teóricos peperos corruptos publicando sus nombres extraidos de una lista de afiliación LEGAL hasta que un juez no dictamine en contrario; y claro, la gente hace uso de sus derechos civiles y demanda.

    Joder, que sencillo hubiera sido publicar sólo las iniciales y poner la lista en manos de la fiscalía, pero tenían que apuntar con el dedo, y lo tenían que hacer por que les dijeron que lo hicieran, por que la publicación de esa lista no tiene ningún valor informativo.

    La calificación de Internet del Juez será muy discutible y sobre eso habrá que hablar más largo, creo que la aparición de Internet va a dar más revolcones legislativos que éste en tanto en cuanto las leyes y las constituciones no se adapten a los nuevos tiempos y a las nuevas poibilidades.

    Pero insisto en que no se pueden publicar las listas de afiliación a un partido de la gente.

    Joder, si hasta en los colegios te piden permiso para publicar tu nombre, dirección y teléfono en la guía que dan todos los años, por si te quieres negar.

    ¿Es tan dificil entender que eso no se podía hacer y por eso precisamente les han condenado y NO por contar una historia que es cierta y que están en condiciones de probar?.

    Vale, las afiliaciones eran irregulares y por eso ls publiqué. Y eso…¿quien lo dice?…¿Un periodista?.

    Vale, la web se hinchaba de ganar dinero ofreciendo contenidos protegidos, por eso la cerrá. Y eso ¿quien lo dice?…¿La Sgae?.

  103. #0 piezas dice:

    ¡Quenooooooh, pezones, hombre! Que una cosa es protección de datos y otra muy distinta revelación de secretos, copóng!!

  104. #0 skosvas dice:

    #101 Atamaría

    Efectivamente, pero la calificación de “delincuente” la tiene que dar el Juez, no un periodista…¿ves el matiz?.

    Tienes reciente el caso del “delincuente” de Tenerife que miraba como un asesino y cuya foto salió en todos los lados. La prensa e Internet decidió que era un asesino y nos dijo y nos mostró como miraba. Se enteraron haste en Tombuctú.

    Y luego resultó que quién los periodistas nos dijeron que era un depravado asesino, no lo era. Ni por el forro lo era.

    ¿Entiendes?

  105. #0 skosvas dice:

    #103 piezas

    A ver piezas, porque no veo la diferencia. ¿Tu crees que se puede publicar una lista de afiliación al club de tenis o a la sociedad de Naturaleza, con nombres direcciones y números de teléfono?

  106. #0 piezas dice:

    Vaya que si hay diferencia. Es que una prevé multas enormes (y ya está) y otra penas de cárcel. Los motivos del legislador también son distintos y afectan a derechos diferentes. LODP protege datos de carácter personal, y el CP de carácter ideológico. La sentencia no aplica LODP en ninguna parte.

  107. #0 piezas dice:

    …y recuerdo una vez más que la investigación periodística precisamente denuncia un fraude ideológico y económico, mientras que la sentencia argumenta la falta de relevancia informativa de esos datos… ¡que son el meollo de la denuncia periodística!

    Que yo sepa la prensa no puede por sí juzgar, pero sin duda tiene un papel crucial en la denuncia de malas prácticas para esto de la democracia.

  108. #0 piezas dice:

    un papel reconocido y protegido, por cierto.

  109. #0 skosvas dice:

    Piezas:

    http://www.bufetalmeida.com/93/descubrimiento-y-revelacion-de-secretos.html

    Mirate el punto 3.

    Si quieres, analizamos lo que dice en esta web del bufete Almeida, y lo que han hecho los periodistasd de la SER.

  110. #0 skosvas dice:

    Si es que nadie pone en cuestión la veracidad de la historia, piezas, si es que es cierta de pe a pá.

    Pero que no pueden publicar la lista, coñe.

    Y es por ahí donde han atacado.

  111. #0 piezas dice:

    Que si, que no se discute que la filiación ideológica esté protegida. Es fundamental y básico que lo esté, pero es que aquí estamos hablando de un fraude de filiación por razones lucrativas, precisamente. Supongo que la propia interpretación de la ley puede eludir perfectamente ese escollo, porque cualquier protección legal lleva aparejada la posibilidad de abuso y no creo que el espíritu del derecho se dedique a sobreproteger el choricerío, sería absurdo.

  112. #0 piezas dice:

    Si desnaturalizas la filiación ideológica, ciertamente hay protección. Si la desnaturalizas, y lo que se denuncia es esa desnaturalización. Puesto que además la propia condena por publicación no nos deja otra que pensar que la cosa es cierta, el argumento choca contra sí mismo. A no ser, claro, que nos sigamos empeñando en colar de rondón argumentos LOPD que no aparecen por ningún lado en la sentencia.

  113. #0 skosvas dice:

    Lo que monta todo este tingldo, piezas, es que en su momento, no se atacó el asunto de la afiliación irregular. Tu, yo, y el sunsun corda, sabemos que hubo un gran chanchullo ahi. Pero en su día no se denunció y a todos los efectos a día de hoy, son afiliaciones legalmente correctas, y como lo son…pues a aguantarse.

    Y todo esto se hubiera evitado si tras el Tamayazo, Lopez Aguilar, y demás no hubieran atacado con TODO. Lo dejaron correr.

    Y ahora, mira lo que pasa. Pero aún asi, insisto, en que bastaba con haber publicado las iniciales para tener una historia de Pulitzer, pero no, quisieron ir mas allá y apuntar con el dedo a personas con todos sus derechos civiles intactos legalmente hablando.

    Y se los han pillado.

    Ojalá tengan suerte en la apelación, pero lo dudo, porque los otros han mordido bien y no van a soltar el bocado.

    Y es que si, que eran afiliaciones irregulares por lo que cuentan, pero es lo mismo que hablábamos hace unos días: Tiene que decirlo un juez, y mientras tanto, son afiliaciones totalmente legales. Y lo son porque en su día no se hizo lo que había que hacer.

  114. #0 piezas dice:

    Vamos a ver si ejemplificando apocrifamentess.

    Borja de la Fuente, periodista de El País, publica un artículo incendiario contra la sanidad pública que acaba citado en ggézlibeggal como ejemplo de independencia informativa (quién les vio y quién les ve).

    Pepe Sánchez, del diario Público, contraataca alegando que en realidad la opinión borgiana no nace de la independencia, que Borja es un afiliado al PP en Madrid, mano derecha en la sombra de Esperanza Aguirre, y para demostrarlo publica documentación de filiación del propio partido.

    Mal. Muy mal, Pepe no tiene ningún derecho, porque no se pueden emprender cazas de brujas. El espíritu del Código Penal está para entre otras cosas garantizar la democracia y la libertad de ideologías y creencias. Al señor Sánchez le cortan los huevos bien cortados y bien cortados que están, porque está muy claro que no puede abusar de su posición ultraprotegida para emprender una persecución ideológica, por muy feo que nos parezca a todos lo de Borja, que en realidad piensa follarnos vivos en cuanto se te manifieste siqueira un poquico de tosezuela, sin embargo estamos ante modelos ideológicos distintos y no ante un fraude de filiación.

    En este asunto hay una confrontación de derechos, y si no queda absolutamente claro (estamos en lo penal, no en lo administrativo ni en lo civil) que los periodistas han agredido el ESPÍRITU de la ley, pero meridiano, más allá de toda duda, que son penas de cárcel e inhabilitación profesional, pues estamos abusando. Y puesto que no está nada claro que se proteja más allá de toda duda al encausado, hay más que sitio para discutir y para dudar.

    ¿No hay dudas más que razonables de que se pueda estar abusando de un derecho en perjuicio de otro? Yo la única manera de verlo claro que tengo es la de enfocarlo por la LOPD, pero es que esto no es así. Protección de datos ni se menciona.

  115. #0 skosvas dice:

    Pues piezas, yo no puedo hablar de la confrontación de derechos ni de la fuerza con la que se produce.

    Lo que sé es que los demandantes tenían derecho a demandar, lo han hecho y el juez de 1ª instancia les ha dado la razón con argumentos de peso. No es ninguna fruslería que pueda catalogarse como la decisión del ex-juez Calamita. Lo ha hecho con la ley en la mano.

    Será interesante seguir el curso de las apelaciones, pero como te digo, el bocado que han cogido los demandantes, es muy bueno.

    LOPD no se menciona, se menciona la ley de revelacion de secretos. No me dices nada de lo que hay en el enlace que te he puesto del bufete de Almeida sobre secretos, el apartado 3.

    En ese se basa el juez. No necesita la LOPD.

    Lo que desconozco es si la ley de secretos y la LOPD pueden entrar en conflicto en algún apartado.; pero el juez no necesita la LOPD, con la de secretos tiene suficientes argumentos.

  116. #0 Small Blue Thing dice:

    Será interesante seguir el curso de las apelaciones, pero como te digo, el bocado que han cogido los demandantes, es muy bueno.

    Ah, ¿es que era una partida de Risk?

    Entonces ya me quedo más tranquila.

  117. #0 skosvas dice:

    Se puede leer por ahí que la sentencia es…bueno hay de todo. Los argumentos del Juez están aquí:

    CODIGO PENAL. TITULO X.

    Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio

    Artículo 197.

    CAPITULO I

    Del descubrimiento y revelación de secretos

    5. Igualmente, cuando los hechos descritos en los apartados anteriores afecten a datos de carácter personal que revelen la ideología, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, o la víctima fuere un menor de edad o un incapaz, se impondrán las penas previstas en su mitad superior.

    Artículo 199.

    1. El que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.

    2. El profesional que, con incumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los secretos de otra persona, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos a seis años.

    Con las sentencias se puede o no discrepar, y existen las apelaciones y ya veremos como acaba.

    Pero de arbitraria, no tiene un pelo.

  118. #0 Facebook User dice:

    #117.

    LLó pienso que eso no es asín. Lo vásico en este caso es que se hicieron por internet i no por un medio de comunicación fetén llá que sino no se esplican estos otros casos.

  119. #0 julio dice:

    Totalmente de acuerdo con Carlos Arrikitown. Sólo añadiré que como estamos en un estado de derecho cabe recurso de apelación y en ciertas ocasiones de Casación y Amparo, por lo que los periodistas condenados podrán defenderse convenientemente si lo desean. Porlo demás, el artículo de Ignacio Escolar, no deja de ser una opinión en libertad, que respeto pero no comparto, especialmente lo poco afortunado del título, pero bueno, la izquierda sigue pensando en dos Españas, en dos justicias, en los buenos y los malos y esas gilipolleces rancias. En fin, paciencia…

  120. #0 piezas dice:

    Nadie ha dicho arbitraria: desmedida y delirante.

    Y no está tan claro, skosvas. Yatedigo, opinión profesional y fundada más a mano que tengo: que la sentencia la tiran por desmedida y delirante.

    Y como ice #118 (aisupóus Sachete, sólo veo “Facebú iusah”), el matiz de Internet, surrealista.

  121. #0 amarillo dice:

    118: Efectivamente. Lo que se publicó en la Web eran datos detallados, pero no era un secreto.

  122. #0 skosvas dice:

    Desmedida es cuando (pienso yo) se sale de los parametros, y respecto a lo de delirante…está en conflicto con lo de no-arbitraria.

    En todo caso, ya veremos que dice la apelación. Les deseo suerte. La van a necesitar.

  123. #0 Koeman dice:

    Skovas, me he leído todos tus comentarios del tirón, si estudias derecho igual hasta te dan créditos. La verdad es que estoy e acuerdo, los periodistas de la SER se pasaron de frenada. Derecho civiles…

  124. #0 skosvas dice:

    Pues ya está, he leido de todo en este hilo, pero nadie hasta ahora ha hecho mención del artículo de la ley que he puesto y en el que se basa el juez para condenar a los periodistas.

    Piezas habla de valoraciones a las que tiene acceso. No lo dudo, pero lo que hay en el artículo es taxativo y concluyente.

    Sigo sin encontrar justificación ninguna a la publicación de una lista con nombres, apellidos y demás de gente con sus derechos civiles intactos; y lo que más rabia me da es que eso NO ERA necesario, a menos que se quisiera apuntar con el dedo a alguien.

    Los periodistas accedieron a una base de datos no controlada por ellos, sacaron información de allí y la difundieron de forma masiva diciendo que para ellos, esas personas eran “delincuentes”, en lugar de ir al fiscal con las pruebas para abrir un caso.

    No hicieron eso, y por contra, ahora resulta que los condenados son ellos.

    Todavía nadie me ha dicho (para debatirlo tranquilamente) las razones por las que cree que los articulos invocados por el juez para condenar a los periodistas no son los correctos.

  125. #0 Facebook User dice:

    #124.

    “Los periodistas accedieron a una base de datos no controlada por ellos, sacaron información de allí y la difundieron de forma masiva diciendo que para ellos, esas personas eran “delincuentes”, en lugar de ir al fiscal con las pruebas para abrir un caso”.

    La afiliación irregular a un partido político no es un delito que lló sepa. Decir que accedieron a la base de datos es una hipotesis que no tiene mucho peso llá que la lista les llegó en papel con unas cartas de la presidenta del PP del pueblo ese denunciando la afiliación irregular. I por más que lo digas la condena no es por llamarles delicuentes sino por difundir su afiliación al partido político. La difundieron de modo masivo en un medio de comunicación como hicieron en el caso ese que te enlazo más parriva. ¿E ir al fiscal a denunciar qué esactamente?
    I mi razón para decir que los artículos no aplican es que se trata de un medio de comunicación el que puvlica los datos como en el caso que enlazo más arriva. Que pensar que en Internet no hay medios de comunicación es decimonónico.

  126. #0 Facebook User dice:

    #118 Sachete Benitez dice:
    Diciembre 26th, 2009 a las 5:07 pm

    La pequeña diferencia es que en ninguno de esos casos se publicaron los datos personales de los 78 afiliados.
    Que el delito es publicar o ceder esos datos PERSONALES, no decir que hay 78 afiliaciones irregulares.

  127. #0 Facebook User dice:

    #126.

    Pozi ques verdaz. LLá les bale a los de la cadena ser decir ques lo mesmo i a mí creermelo :-P.

  128. #0 skosvas dice:

    #125 Facebook User

    La condena no es por llamarles delincuentes y en ningún sitio digo que lo sea. Es por publicar una lista con nombres y apellidos y más.

    Y en el contexto, cualquier bobo puede ver que había cierta intencionalidad: el señalar con el dedo.

    Bastaba con poner F.M.P. en lugar de Felipe Martínez Perez.

    Eso por un lado.

    Por otro:

    Ir al fiscal con las pruebas de una afiliación irregular para controlar una movida en el ayuntamiento con la intención clara de cometer un fraude de ley en la gobernabilidad; y si te fijas, ese era el fondo del reportaje.

    ¿Qué sentido tiene el publicar que Fulanito Menganez se ha afiliado irregularmente al PP y de ello ha sacado beneficios?…Pues llamarle chorizo de forma “elegante”.

  129. #0 Facebook User dice:

    #128.

    “Y en el contexto, cualquier bobo puede ver que había cierta intencionalidad: el señalar con el dedo”.
    A mí me se ocurre por ejemplo que la persona que les dio la lista y las cartas esigiera que se puvlicaran los nombres i cualquier bobo puede ber que mi hipotesis es igual de plausible que la tulla.

  130. #0 skosvas dice:

    #129 Facebook User

    Pues vas y dices que no, que no puedes. Y listo. Y si la persona fuera un cargo público y hubiera pedido 50.000 euros por la lista estaríamos en el escenario que quieras.

    Como quieras verlo, pero nadie les obligó a publicar los nombres…bueno…igual alguien les malasesoró.

    De todos modos, no pasa nada, la sentencia no es firme y ya veremos hasta donde llega, pero por mucho ruido mediatico, adhesiones y lo que sea, nadie ha podido desmontar los argumentos del Juez y que se han expuesto ya varias veces aquí.

    La privacidad es SAGRADA.

  131. #0 Diego dice:

    HOYGAN HALLUDA PORFABOR: MESPLIKEN HESTO XK LLO NO LO HENTIENDO.

    La sentencia señala que los dos condenados “cedieron a la sociedad Ser.com los nombres, apellidos, domicilio y afiliación al Partido Popular de setenta y ocho (78) ciudadanos”

    LLO CREO QUE SI SON PEPEROS ENTONSES NO SON DE SIUDADHANOS NO?

  132. #0 nushu dice:

    #132 “LLO CREO QUE SI SON PEPEROS ENTONSES NO SON DE SIUDADHANOS NO?”

    Depende, ¿se les ha practicado ya la lobotomía, pagada por la SS, como a cualquier votante del PP, o no?

  133. #0 juan dice:

    Realmente vayamos donde vayamos siempre hay políticos corruptos. Por ello me hace mucha gracia cuando tanto desde un partido u otro se acusan los unos a los otros de corruptos y maleantes.
    Todos somos humanos y hay buenos y malos en todas partes por desgracia.

  134. #0 CyberBeata dice:

    El manatí ÍNFÓRMÁTÍCÓ-ÉCÓNÓMÍSTÁ es una jacha con el googlexcel.

  135. #0 Carlos Arrikitown dice:

    En su manifestación la falsedad si probada prevalece siempre sobre cualquier otra masturbación semiótica.
    Es un robo, no hay más. Es tongo.

    Pettaka te ha dejado la rusa? Te has cansado de que todo el mudo te tome por un mermado obeso y ahora te has puesto violento, justo en navidades? Espera a que salga del vater que tu padre seguro que la respeta como si fuera una hija…

  136. #0 piezas dice:

    #132

    ¡Un nick y palante, dieguis!

  137. #0 skosvas dice:

    OT.

    Cagontó

    “Rouco prepara un millón de hostias para repartir en el centro de Madrid”

    http://www.publico.es/espana/281072/rouco/prepara/millon/hostias/repartir/centro/madrid

    Suena bien :)))

  138. #0 Facebook User dice:

    Se va a llevar a Chuck Norris.

  139. #0 Carlos Arrikitown dice:

    Skobas te estás molestando más que sexualmente en ocultar lo improbable, la autenticidad. El resto es hacer el holandés con un dedo y creo que en tu caso apunta al culo. Su discurso sólo concierne a debiloides o tontosdeloscojones. No se puede penar aquello que no es. Hay algún céntrico que no entienda esto? Hago un dibujo? Esto no es una invasión de ámbito o una mala interpretación. Esta es la sentencia de un cabrón que tiene la poca verguenza de meter un internés para que un montón de gente mire el dedo. Y todavía se estara riendo…

  140. #0 Diego G. dice:

    Hoygan, en serio, explíquenme, sisplau, por qué la cadena SER tiene derecho a ceder el domicilio de setenta y ocho tíos para su posterior publicación. Esa es la parte que no acabo de entender.

  141. #0 ana dice:

    #99 ¿y el derecho a que no nos roben un gobierno qué? ¿no exige una apertura de investigación sobre si hubo soborno?

  142. #0 piezas dice:

    #140 Diego G.

    Pues tenías que estar llamando al juez de todo menos bonito, dieguis. Porque de datos personales la sentencia no dice nada de nada de nada de nada. Eso es LOPD, lo del artículo del CP de marras es otra cosa, no se si todavía no nos hemos enterao.

  143. #0 Jose liberticida dice:

    A ver, imaginemos que las afilicaciones irregulares: quien es el juez para decidir que están probadas, si no han podido defenderse los presuntos delincuentes de esta información.. ” lesiona el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión” (no crees skosvas? ), por lo que la sentencia siguiendo tu argumento es un sinsentido, reconociendo la certeza de la irregularidad, ya que estos no son los hechos juzgados.
    En segundo lugar, que diria el juez si estas afiliaciones tuvieran detrás un delito de terrorismo o de tráfico de drogas? Hay un delito y se revela un secreto (supuestamente protegido…) por el interés social y de un presunto delito… veriais como por ese fin el enfoque hubiera sido distinto… Pero aqui es una irregularidad o un delito que acaba con una compra de votos en un parlamento que cambia la voluntad popular de unas elecciones… y que casualidad… eso pasa para darle el gobierno a la derecha. Hay hay que interpretar así la Ley. (jurispridencia del TS existe ya para justificar el uso de los datos….)

  144. #0 manuel dorado dice:

    esta claro que cuando los jueces quieren se sacan cualquier az de la manga y justifican una condena, lo peor es que a pesar de que esto siga sucediendo todos los días y que cada día haya menos justos y menos justicia, el gobierno y los gobiernos de turno no modifiquen las leyes para que esto no siga ocurriendo; son unos incapaces, todo es una desidia, se rien todos los días de nosotros, ¿porque? Tú Ignacio, que tienes el poder de que te lean todos los días, no propones crear un partido politico nuevo, con el personaje que tú creas de candidato y lo canalizas todo atraves de internet, facebook, youtobe,etc; puede ser una oportunidad de conquistar a ese electorado hastiado, tal vez es el momento para un populista, la financiación tambien habria que lograrla por donaciones en la red, ignacio, habré una pagina y que los lectores aporten ideas, a lo mejor logramos cambiar este mundo de ineptos, feliz año.

  145. #0 skosvas dice:

    Pues lo lamento, pero creo que no habéis leido la sentencia.

    Los periodistas al margen de la historia, que nadie niega, ni el Juez, reciben una lieta, van a la radio y cuentan la historia, sin nombres, diciendo que tienen las pruebas. Después cogen la lista y se la dan a los de Ser.com que publican la lista.

    Es el artículño 197 el que violan: revelacion pública de datos que no deben serlo.

    Seguís mirando donde no es.

    La condena es por lo que es, y no por que vosotros decís que es.

    Y lo jodido es que no era necsario.

  146. #0 CyberBeata dice:

    Al final se van a poner otra vez de moda los submarinos.

  147. #0 Diego dice:

    Piezas, que digo yo que la LOPD rige para las Bases de Datos de las que uno es responsable… algo que no sucede con la BD del PP que la SER hace pública. Alomojó mequivoco, y todo esto no es más que una conspiración de la malvadérrima derecha, esa rémora del fascio ultraconservadora y ejpañññññola para hundir a la noble, decente, limpia, aseada y libre de todo mal prensa izquierdista.

    Alomojó, sí.

    Güelcon tu Pezonia, donde odiamos las conspiranoias… de los otros.

  148. #0 Carlos Arrikitown dice:

    Pues yo creo skobas que la has leído y la has jodido y no has entendido nada.
    La sentencia dice claramente que la publicación del no ser afecta al ser. Y luego dice Internés es patol mundo pero el eibisi paunos pocos.
    Con dos cojones. Biban el derecho!!!

  149. #0 skosvas dice:

    #139 Carlos Arrikitown

    Veamos, Carlos; eres inteligente y lo entenderás si te lo explico paso por paso:

    Hay una lista de afilidos al PP (regulares o irregulares) hasta el dia de ayer, legal y sin impugnar por quien tiene que hacerlo. En todo caso es una lista de filiaciones en vigor.

    Una persona autorizada a poseer esa lista se la da a estos periodistas y les explica que es una lista irregular, que se ha engordado con intereses fraudulentos, lo ve mal y aparte de denunciarlo a su partido y como no le hacen ni caso, lo dice a los dos periodistas en cuestión.

    Los periodistas contrastan la veracidad de la historia, y la cuentan en la radio, sin decir ningún nombre y haciendo hincapié en que tiene pruebas de afiliaciones de matute.

    Hasta ahí, de puta madre.

    Ahora, los periodistas le dan la lista (que no es suya) a una TERCERA entidad, SER.com que la publica en Internet con nombres, apellidos y teléfonos.

    Cuando las personas de la lista ven sus nombres en Internet, entendiendo que su afiliacion (regular o irregular) es algo SECRETO, denuncian al Juez el tema.

    Y el juez les da la razón y condena a los periodistas por un delito de revelación de secretos, como dice la sentencia.

    Ni el juez condena a los periodistas por informar (Como dice el titular de la SER en Internet)
    Ni dice que la historia es falsa
    Ni cuestiona el secreto de las fuentes de los periodistas
    No cuestiona el uso de los datos para hacer un reportaje (#143 José liberticida)

    Simplemente les aplica el artículo 197 del CP en el que se habla claramente del trafico de datos confidenciales. Los periodistas no podían ceder esos datos a NADIE.

    Y ya está.

    No creo que sea tan dificil entenderlo, Carlos, El artículo 197 ha sido puesto aquí, hay gente que ha hecho la pregunta clara de “Cual es el derecho que asiste a los periodistas de publicar una lista de afiliaciones”

    Y nadie ha contestado para rebatir ese enfoque.

    Si tu trabajas en una empresa y me das a mi, periodista free-lance una lista de los afiliados a un sindicato y me dices que sabes que fulano mengano y zutano han sido afiliados para engordar esa lista y obtener determinadas prebendas, yo puedo escribir un reportaje y decir que tengo las pruebas. Lo que no puedo hacer es darselas al director de un periódico para que las publique. No puedo “traficar” con ellas.

    Y por eso es por lo que les han metido el puro, por el artículo 197, tal y como dice la sentencia.

    He leido TODOS los comunicados de apoyo a los periodistas, analisis de juristas, abogados afines al PSOE. Y nadie habla del fundamento de la sentencia, del artículo 197 del CP.

    Así que te ruego, que si quieres argumentar conmigo, lo hagamos en base a la sentencia, y no a mi “sexualidad” o diferentes zarandajas.

    Intento expresar un punto de vista que defiende la PRIVACIDAD por encima de todo. Es una cuestión de derechos civiles.

  150. #0 Carlos Arrikitown dice:

    Si da igual skobas, como si te lees la dama de las Camelias.
    No entiendes el impracticable espíritu de la letra y la aberración que supone, no lo entiendes.

  151. #0 Diego G. dice:

    Skosvas, es que no lo entiendes. No entiendes que ningún puto pepero hijo de la gran puta fascista cabrón de mierda tiene derecho de ningún tipo, salvo a ser insultados, si toca, y mucho menos tiene derecho a empurar a un periodista de izquierdas. ¡De izquierdas, joder!, ¿no te das cuenta? ¿no lo entiendes? Hoy empiezan empurando a periodistas de izquierda por delinquir flagrantemente, mañana son capaces de ganar unas elecciones, y entonces… dios, entonces Bibiana se quedará sin trabajo. ¿Es que no ves que es una aberración?

  152. #0 skosvas dice:

    Carlos Arrikitown, ¿Te importa centrarte en lo que estamos hablando, que no es otra cosa que en los fundamentos de una sentencia?.

    Es que no se que es lo que estas defendiendo, amigo mío; te estoy reconociendo (no es dificil) que la historia es cierta, que todo está de puta madre, pero que NO SE PUEDEN ceder listas con datos privados que no son tuyas a otros para que las publiquen.

    No se como explicartelo, Carlos.

    QUE NO SE PUEDE.

    Y por eso los han empapelado. SOLO POR ESO.

  153. #0 CyberBeata dice:

    El submarinismo amarillismo equidistante va sheegaaaarrr…

  154. #0 skosvas dice:

    Art 197 [Supuestos]

    2. Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado.

    3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores.

    5. Igualmente, cuando los hechos descritos en los apartados anteriores afecten a datos de carácter personal que revelen la ideología, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, o la víctima fuere un menor de edad o un incapaz, se impondrán las penas previstas en su mitad superior.

    ¿Puedes entender tu esto, Carlos?

  155. #0 piezas dice:

    Aidiós, dieguis, notenteras.

    Es el exceso carbonatao, llálodijo Fedeggico, que cava no hay que consumir. Ni en estas señaladas fechas ni en nigunas otras.

    Porquesque consumir cava viene siendo sacudir las nueces. O algo.

  156. #0 Carlos Arrikitown dice:

    Yo desde Bizancio no entiendo nada, me limito a estructurar.
    En la mentira revelada sólo se encuentra la mentira revelada. Para definir la verdad no basta con esta revelación habría que proponer una nueva y diferente, una revolución. Y esto así independientemente del número de gitanos que Diego G. desee muertos y la capacidad de apretar el culo que tú exhibas.
    En realidad tu caso con el copypaste es igual. Pueds copiar la misma mierda diez veces y leerte las damas de las camelias. Tus demostraciones siguen siendo copypasteos.

  157. #0 skosvas dice:

    No se que tiene que ver Bizancio en esto, ni tampoco veo argumentaciones en lo que escribe, pero si he leido copypasteo en otras cosas que has escrito aquí, algunas hasta en inglés, para apoyar tus puntos de vista.

    Y pese a lo que puedas decir, te diré algo.

    No se por qué reazón tu manera de intentar rebatir algo es la burla o llamar “mierda” a lo que otro escribe o argumenta. Me parece una falta de educación y de respeto. Yo no me he comportado asi contigo ni en ningun momento he tratado de burlarme de lo que decías.

    Simplemente te reto a debatir sobre los fundamentos de la sentencia en base al artículo 197 del codigo penal, que es de lo que se trata.

    Insistiré en que la condena a los periodistas ha sido por saltarse (innecesariamente) la ley. El artículo 197 del código penal.

    Y la ley dice lo que dice, que no se pueden ceder datos privados que impliquen afiliaciones ideológicas a terceros para su publicación.

    Evitando entrar en el fondo de la cuestión y burlándote pseudo-estatológicamente de alguien que esta tratando de debatir educadamente sobre un asunto delicado, no ayudas a que se pueda apreciar tu punto de vista.

    Te lo diré de nuevo:

    Hay un artículo del código penal que los periodistas se han saltado a la torera (innecesariamente) y les han castigado por eso.

    Hay una cosa que se llaman derechos civiles, derechos fundamentales.

  158. #0 Carlos Arrikitown dice:

    “Simplemente te reto a debatir sobre los fundamentos de la sentencia en base al artículo 197 del codigo penal, que es de lo que se trata.”

    Yo sólo hablo de los fundamentos y de ellos sólo de los fundamentales.

    “Y la ley dice lo que dice, que no se pueden ceder datos privados que impliquen afiliaciones ideológicas a terceros para su publicación.”

    La revelación de un falsedad no implica nunca lo que sobre la publicación de un hechos comprovables se haya acordado, es de cajón. En otras palabras, me da igual si copypasteas la ley del aborto en Noruega para defender a este juez. Tiene lo mismo que ver. Ahora aprieta el culo otro poco…

  159. #0 Moreno dice:

    En este asunto colisionan dos, quizás más, derechos: el derecho al honor, la propia imagen y la intimidad, el derecho de los ciudadanos a estar informados de lo que hacen sus representantes elegidos (o no elegidos; hay políticos que pueden no tener un cargo); el derecho a la Libertad de Expresión y la Libertad de Información…

    Las Justicia debe aquilatar y debe impartir Justicia decidiendo, según los casos, según las circunstancias individuales, cuál de esos derechos debe permanecer sobre los demás.

    Por ejemplo, yo soy de los que creo que los periodistas NO TIENEN patente de corso para publicar lo que les venga en gana, con una simple protección de que lo que presentan tenga una ligera relación con la realidad, o que digan haber investigado tanto y cuanto (que es lo que entienden por veracidad y diligencia muchos juzgados).

    Yo creo que el límite, sobre todo, esta en la veracidad (auténtica; no que parezca verdad, sino que SEA verdad), en la relevancia, en el interés para la opinión pública, y por supuesto en la regularidad de la conducta de la que se informa…

    Si en este, u otro caso, la conducta es irregular o delictiva (cualquiera de los dos casos) y los hechos son ciertos, debería primar el derecho a la información sobre la intimidad y el honor (¿qué honor? Si son unos chorizos ¿se le hace daño a su honor?)

    Si es mentira, si se ha informado falsamente sobre unos hechos, entonces los periodistas deberían pringar. Quizás no cárcel, pero sí deberían tener un castigo.

    Con las noticias que suele publicar Pedro jota Ramírez calumniando a la gente debería ocurrir lo mismo. Sin embargo, se han visto recientemente sentencias que le exculpan, a él y a sus redactores, por ser noticias veraces (aunque no sean reales) y se han demostrado diligencia (entendida con que han entrevistado a alguien o han pagado a un perito para que diga que lo que ha hecho “El Mundo” es cierto)

    El colmo ha sido en el caso de Antonio Rubio, que “El Mundo” quiere comparar a este caso, cuando Antonio Rubio desveló la identidad de un testigo protegido (lo cual no es ningún comportamiento irregular o delictivo, por lo que no tiene relevancia para la opinión pública) poniéndole en peligro mortal.

    Pues no. Los límites deberían estar más claros.

    Si en este caso de la SER los hechos eran ciertos y delictivos o irregulares, no hay nada que sancionar.

    Tenemos derecho a saber si los políticos que quieren gobernarnos son unos chorizos. Y ello debe prevalecer sobre la intimidad y el honor.

  160. #0 skosvas dice:

    Insisto, Carlos, que tu hablas de otra cosa.

    ¿Cual es la falsedad?…¿que las afiliaciones son irregulares?…Ya sabemos, porque lo han probado que lo eran. Esa NO es la cuestión.

    Te repito que la historia es cierta. Que no hay discusion sobre ello. Que no se discute la veracidad de la historia. No se revela NINGUNA falsedad, la historia es cierta de PE a PA, al 100%….¿vale?

    Que lo que te digo es que NO TENIAN derecho a publicar la lista, y que es SOLO por eso por lo que les han trincado.

    Y no defiendo al juez, Carlos. No te inventes eso. Lo que defiendoes que su sentencia se ajusta a derecho segun el artículo 197 del código penal, O sea:

    1)Los periodistas cedieron a terceros (Ser.com) una lista de datos privados. Y no podían hacerlo.

    2)La veracidad de la historia es la misma sin la publicación de los nombres.

    De todas maneras, te lo diré claramente: no me gustan tus modales, asi que no te seguiré contestando.

  161. #0 skosvas dice:

    #159 Moreno

    No eran políticos. No eran 78 políticos, eran 78 personas. El chorizo es quien les afilió sabiendo sus simpatías y engañándoles probablemente.

    Lo que se publica es parte de la lista de afiliación a un partido, con el agravante de que se publica (la lista) por unas personas (Ser.com) a las que les llega por mediación de otros (los periodistas) que tenían obligación de resguardar el secreto.

    Y eso es lo que el 197 del CP no permite. En ningún caso.

  162. #0 CyberBeata dice:

    “Y la ley dice lo que dice, que no se pueden ceder datos privados que impliquen afiliaciones ideológicas a terceros para su publicación.”
    ¿Pero los pepesunos, y su tank sin think FAlangeESpañola, no eran fukuyamistas y ya no existen ni derechas ni izquierdas, ni ideologías y la historia se ha acabado para ellos?
    A saber si los pobretes sabían siquierea que los estaban alistando en el lado oscuro sin su consentimiento.
    Idelogía; dice el payo submarino, juas juas juas…

  163. #0 CyberBeata dice:

    A estos 78 desgraciaos los cogieron como a los difuntos gallegos que hasta los hacían votar al Partido Podrido, o a los inmigrantes en argentina o a los ancianos de los asilos, o las papeletas falsas del voto por correo de Ceuta o de Melilla.
    Pura estrategia “ideológica” pepesuna. Sobre todo por afiliaciones ideológicas. Sobre todo.

  164. #0 Diego G. dice:

    Que no te enteras, contreras, que los pepesunos no son personas, son fascistas y por tanto no tienen derechos, es HAVERRANTE que condenen a un periodista de izquierdas, joder, de izquierdas, que es de izquierdas, coño.

  165. #0 CyberBeata dice:

    #164
    ¿A ti que te pasa tarado? ¿Te has tragado un copy-pega?
    Escupe tarado, escupe.

  166. #0 skosvas dice:

    De todos modos, y para quienes piensen en las apelaciones, he encontrado esto por ahí:

    Jurisprudencia y precedente:

    Jueves, 4 de marzo de 1999

    La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado al periodista Cristóbal Domingo Peñate Déniz a la pena de un año de prisión y a la inhabilitación para el ejercicio de la profesión durante otros 12 meses.

    Peñate, de 37 años y padre de dos hijos, deberá indemnizar también con dos millones de pesetas a dos reclusos enfermos de sida de la prisión de Salto del Negro (Las Palmas), pero no ingresará en la cárcel por ser la pena inferior a dos años y no tener antecedentes penales.

    Este es, en resumen, el fallo de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el que ha actuado como ponente el presidente de la misma, José Jiménez Villarejo.

    Este magistrado, al igual que los otros dos que componen la Sala, Luis-Román Puerta Luis y Adolfo Prego de Oliver y Tolivar, han condenado al periodista «como autor responsable de un delito de revelación de secretos», a raíz de un breve artículo publicado en el Diario de Las Palmas, del que Cristóbal Domingo Peñate es colaborador.

    Un artículo que no iba firmado por él, sino que fue incluido en la sección La Zaranda, el Semáforo del citado rotativo bajo el seudónimo colectivo de El Ronco, tal y como reconocen en su sentencia los miembros de la Sala de lo Penal. Sin embargo, Cristóbal Domingo Peñate sí publicó la identidad de los dos reclusos, que no eran precisamente personajes de interés general y, como pone de manifiesto la sentencia, se produjo una «lesión del derecho a la intimidad de dos personas, mediante la ruptura de datos incluidos en un registro informático».

    El artículo, titulado Sida, cocina y cárcel, decía así: «En la prisión provincial de Salto del Negro corre el rumor insistente de que hay al menos dos presos con sida que están destinados en el servicio de cocina, con lo que la alarma entre los internos y los funcionarios está creciendo. Este periódico ha tenido acceso a un listado de reclusos con destino específico en la cocina del centro pemitenciario y a otro con el nombre de los internos que padecen Sida. En ambas listas se repiten dos nombres: J. M. G. S., nacido en Gáldar el 21 de agosto de 1965, soltero y camarero de profesión, con varios ingresos y dado de alta en la cocina el 10 de octubre de 1993, y J. O. G. M., nacido en Las Palmas de Gran Canaria el 25 de enero de 1972, soltero y condenado por violación, dado de alta en la cocina el 21 de diciembre de 1995».

    La noticia concluía así: «Si estos datos se confirman (y ya se sabe lo difícil que es hacerlo por la vía oficial ya que hay datos, como los del sida, que son confidenciales, así como los de cocina, que se consideran de régimen interno), la dirección debería tomar medidas urgentes para evitar posibles contagios de tal enfermedad».

    La Sala Segunda del Supremo ha considerado como eximente tipificado en el artículo 20 del Código Penal el hecho de que «está fuera de toda duda que la situación sanitaria de los establecimientos penitenciarios es un tema que interesa a la opinión pública y sobre el que esta opinión tiene derecho a estar informada». Pero advierte al mismo tiempo de que «la justificación no es plena, por lo que la antijuricidad típica de la conducta no puede reputarse desaparecida aunque sí considerablemente atenuada».

    La Audiencia Provincial de Las Palmas había absuelto al periodista del delito de revelación de secretos el 15 de noviembre de 1997. Pero el Ministerio Fiscal interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo el 16 de julio de 1998. Recurso que, tras ser admitido a trámite, ha sido resuelto ahora por el Supremo condenando al periodista Cristóbal Domingo Peñate al delito ya mencionado y a la inhabilitación para ejercer la profesión durante un año.

    La defensa del periodista interpondrá ahora un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, según anunció el abogado de Cristóbal Domingo Peñate.

    El recurso no fue admitido a trámite en el Auto nº 298/2000 de Tribunal Constitucional – Sección Cuarta, de 13 de Diciembre 2000

  167. #0 Moreno dice:

    # 161

    Me reafirmo en que los periodistas no deben ser invulnerables a la Justicia, como no lo somos las demás personas.

    Si un abogado abusa de sus funciones como letrado (por ejemplo, amañando un juicio con la parte contraria) pierde la licencia; si un médico comete una negligencia, lo mismo; un juez prevaricador, incluso un profesor que maltrate a sus alumnos, son inhabilitados para el ejercicio de su trabajo.

    ¿Por qué no va a ser lo mismo en el caso de un periodista?

    Lo contrario, que se parece bastante a lo que está ocurriendo estos últimos años con determinado grupo de prensa, nos somete a una verdadera dictadura, en la cual usted puede ser víctima de una venganza personal, sin posibilidades de respuesta.

    ¡Anda que no tendría yo ganas de que se aplicara el mismo rasero a Pedro Jota Ramírez, Casimiro García Abadillo, Antonio Rubio, Fernando Múgica, Jiménez Losantos, López Schichting, etc…!

    El Solitario pasaria en su celda de ser El Solitario a El Décuplo.

    Dicho esto, aplicado al caso que nos ocupa, si realmente los periodistas no contrastaron su información y la gente que fue afiliada al PP irregularmente lo fue sin conocimiento de causa, merecen una sanción, si bien la cárcel me parece excesiva. Luego volveré a esto.

    Porque, realmente, me parece muy dudoso que los afiliados lo hayan sido de manera completamente inocente, porque pasaban por allí ¿usted se lo cree? Para solicitar la inscripción a un partido hay que rellenar formularios, firmar papeles, recibes correos de confirmación, etc. ¿me quiere decir que alguien ha hecho esto con 78 personas, que no sabían que les estaban inscribiendo a un partido político? ¿78 personas de afinidad por dicho partido –por supuesto- algunos empresarios, constructores, etc? ¿Dónde están las firmas falsificadas? ¿Las cartas o e-mails de confirmación que debieron recibir?

    Me parece muy poco probable esto. Mucho más creíble es “Oye, Fulanito, que te inscribo en Valdetapujos de arriba, que me interesa controlarlo; si eso, ya sabes; te debo una, para cuando recalifiquemos en Arrimacebolletas” “Vale, vale; me lo apunto y ya te lo cobraré por algún lado”

    De hecho, me parece revelador que, si el juez ha considerado culpables a los dos periodistas, no lo haga por el perjuicio que haya cometido con los “inocentes” desvelados, sino con un argumento tan peregrino como que Internet no es un medio social.

    Pero, oiga, eso sí; si realmente los inscritos eran inocentes, si los periodistas merecen cárcel por haber desvelado la trama ¿qué castigo merecerá quien ha montado toda una red de falsificación de firmas, documentos, etc, con el fin de controlar una elección?

    Teniendo en cuanta la proporcionalidad de las penas, si los periodistas van a la cárcel ¿qué merece el instigador de todo esto? ¿Fusilamiento?

  168. #0 skosvas dice:

    #167

    El que los engañaran o no…es solo una hipótesis. Desgraciadamente desconozco el alcance del concepto de “irregular” en lo que se refiere a una afiliación política.

    Respecto de los nombres que mencionas, uno de ellos se distingue últimamente por las sentencias en contra, pero solo pecuniarias.

    El tema es que muchas veces se pierde la perspectiva y la cagas.

    Le paso al periodista canario ese y es posible que les pase a estos.

    Ya me dirás si el caso no te parece calcado.

    Pero ya te digo, Moreno, ese no es el meollo de la cuestión. Acabo de poner un caso calcado a este con su resolución final. El tema es el mismo: caso de interés publico, nombres cedidos y publicados sin necesidad.

    Y condena.

  169. #0 Carlos Arrikitown dice:

    ¿Cual es la falsedad?…¿que las afiliaciones son irregulares?…Ya sabemos, porque lo han probado que lo eran. Esa NO es la cuestión.

    Esa es la unica cuestion.

    167
    Exacto Moreno y si los afiliados tienen algun problema la responsabilidad habra que buscarla en el propio PP y no en los periodistas. Es de locos y el anhadido Internes se puede traducir como yo soy Dios y ma vais a chupar la polla. No hay en el mundo un juez que despues de leer lo del internes no entienda claramente cual es PProposito de la sentencia.

  170. #0 skosvas dice:

    Ségún tengo entendido, la demanda la ponen los 78 susodichos por ver sus nombres publicados en Internet o donde sea. Esa es la cuestión para ellos, que son los que ponen la demanda. Como lo fue para los presos del caso del periodista de Canarias. Y hay que hacer constar que entonces no había internet para casi nadie, pero la ley es la misma, creo que de 1995

    La cuestíon para los acusados (los periodistas) es otra totalmente distinta. Es pretender que pueden publicar lo que quieran amparándose en la libertad de expresión y en todas las libertades que invocan, saltándose a la torera derechos civilesbásicos de la gente. Pudiéndolo evitar. Porque afiliados irregularmente o no, tienen derecho a su anonimato. Y ese derecho, se lo tiene que quitar un juez, no un periodista, igual que una web de enlaces la tiene que cerrar un juez, no un comité ministerial.

    La cuestión ahora es saber si actuaban de buena fe como periodistas o bien trataron de hacer de mamporreros de alguien que no hizo bien su trabajo en su día, como López Aguilar.

    En resumidas cuentas. Tal vez pensaron que joderían bien jodidas a 78 personas y ahora tal vez sea que no con la jurisprudencia que hay por ahí.

    Como el otro “ex-cope”, que le van cayendo ya una tras otra, eso si, siempre invocando la libertad de expresión.

  171. #0 amarillo dice:

    skosvas: ¿Derechos civiles dices? ¿Pero no eran penales?

    Yo no sé de leyes. Pero he leido por ahí que para que haya robo primero tiene que haber propiedad. Tambien dicen que para que haya adulterio primero hay que demostrar que existe matrimonio. Y también he oido algo de la presunción de inocencia.

    En fin, que ojito con el código penal, porque para llegar a él hay que pasar por unas cuantas “pruebas” antes.

  172. #0 Galaec dice:

    “Tal vez pensaron que joderían bien jodidas a 78 personas”

    Visto lo visto, a quien jodieron bien jodidos es a los ciudadanos de la Comunidad de Madrid, anulando el resultado electoral con un caso nauseabundo de transfuguismo. Que no hay más que ver lo privatizado que está todo desde entonces ¿alguno de esos 78 mártires se ha visto beneficiado por alguna concesión pública? Estaría bien conocer la evolución de sus negocios desde entonces, pero cualquiera se mete a investigarlo ¿verdad? Supone correr riesgo de cárcel.

  173. #0 skosvas dice:

    #172 Galaec

    Pues denuncialo al fiscal, ganarás el caso seguramente, pero metete en la cabeza que so lo tiene que decir el juez, no un periodista. Que hasta ese momento, sus afiliaciones no habían sido revocadas.

    Y respecto a investigar, nadie, ni el juez ha dicho que la investigación fuese incorrecta o punible. No sanciona eso, y sigues diciendo que los han empurado por la investigación. No les han condenado por investigar ni por contar una historia. Les han condenado por publicar NOMBRES, sin tener por qué hacerlo.

    ¿Estamos ya? o seguimos diciendo aún que les han condenado por lo que NO les han condenado.

    #171 amarillo Todos los ciudadanos tienen eso que se llaman “derechos civiles”, tu también, y hasta un condenado a 30 años de carcel los tiene.

    Y los derechos, como el de la intimidad, los quita un juez, no un periodista.

    Y las webs, las cierra un juez, no la SGAE.

  174. #0 amarillo dice:

    @173: Las cierra, o no!!

  175. #0 Galaec dice:

    No entiendo es que puedas defender esta sentencia, skosvas, en serio, no lo comprendo. Ni las odiosas comparaciones que haces con el exmandril de la Cope o con los desalmados del ABC y su portada de “La mirada de un asesino”, como si los hechos o las intenciones fuesen los mismos. ¿Cuál es el problema? ¿que publicaron datos ciertos y reales? ¿que dieron nombres reales? ¿que denunciaron irregularidades ciertas y reales?

    A mí me sigue pareciendo una sentencia desproporcionada, aberrante y cuyo único fin es defender el derecho a mangonear de unos empresarios afines a políticos corruptos. No sé a tí, pero a mí se me revuelven las tripas, y sigo sin comprender como puedes justificar que se condene por vía penal a dos periodistas por informar, no por calumniar o por difamar, por informar. Creo Mr. Moreno lo explica a las mil maravillas.

    No me voy a enquistar en una discusión contigo sobre si la sentencia tiene base jurídica con el articulo ¿¿¿179??? en la mano. No tengo ni puta idea de derecho, pero sé que lo legal no necesariamente es lo justo, y en este caso concreto -vistas las consecuencias de esas irregularidades- resulta del todo aberrante que los que amañaron unas elecciones se vayan de rositas con el beneplácito de un juez y quiénes lo hacen público sean condenados a penas de cárcel.

    Lo siento, pero por más que la sentencia te parezca ajustada a derecho por motivos meramente formales, es un auténtico atropello a la democracia,y sentencias como ésta dejan a la judicatura como los mamPPorreros que son.

  176. #0 CyberBeata dice:

    Aaaaaaamaaaaariiiillo el submarino es, submarino es…
    http://www.youtube.com/watch?v=ODNVo1o7w8M
    Y no va por ud. #174 amarillo.
    Se creia el Skalvas que iba a hacer de quesitos aquí. A la cárcel va a venir a robar el pringao este.

  177. #0 skosvas dice:

    #175 Galaec

    El problema es que no acabas de entender que no se pueden publicar datos privados de la gente por nadie que no sea un juez, aunque sean ciertos, igual que una lista de morosos o los socios del Real Madrid. Ese es el problema.

    El problema es que si tu teléfono aparece en una guía es porque en el contrato que firmas dices si quieres o no que aparezca. Y si dices que no, es que no, aunque sea cierto que vives en tal y tu teléfono es cual.

    El problema es que si debes dinero a hacienda, tu nombre no lo publica hacienda hasta que un juez te condena por moroso.

    Que tu no entiendes que no todo lo que sea cierto puede ser hecho público, y cuando se tocan esferas privadas como la privacidad, es un juez el que decide que cosa ha de ser publica o no.

    Ese es el problema, que tu no entiendes eso.

  178. #0 skosvas dice:

    Y no es 179, es 197.

    Y en este hilo te he puesto una sentencia CALCADA a la que nos ocupa, en tiempos donde Internet no existía, y mira como acabó la cosa.

    Y los jueces razonan sobre lo que hay en el CP.

  179. #0 Galaec dice:

    Ahmsss, el problemo es que yo no entiendo eso, ta bien saberlo, hombre. Lo otro no importa, el problemo es la esfera privada de la privacidad y de dar los nombres.

    Lo que yo entiendo es que se puede decir que el dr. Montes es un asesino, llamarle dr. Muerte aunque sea calumnia sin que se condene al difama a prisión, pero por publicar un listado de nombres reales relacionados con un caso real de afiliación irregular condenen a dos periodistas a penas de cárcel. Y eso a usté le parece bien porque se ajusta a derecho ¿no?

    Pos fale hombre, pues yo no diré nombres, pero opino que los jueces en su mayoría son uns mamporreros de la derechona que todavía cree que España es su cortijo y que bajo su mafiosa protección permiten a los de su casta robar, prostituir la democracia y lo que haga falta. Total, como el problema es que yo no acabo de entender lo de la revelación de secretos. Que lo entiendo hombre, pero aún entendiéndolo la sentencia sencillamente apesta a “nosabusté con quién se está metiendo”.

  180. #0 Luke dice:

    Yo recomendaria se leyeran la sentencia y no hacer mucho caso a los comentarios desinformativos del Sr. Escolar. Confunde ser politico con estar afiliado a un partido, organizacion, etc.. y le parece totalmente normal que aparezca tu nombre, direccion, etc.. publicado en un medio de comunicacion. Esto de señalar a gente en foros publicos.. creia que era de otros tiempos… pero veo que no, de lo mas descabellado por supuesto.

  181. #0 Galaec dice:

    Revelación de secretos: los 78 mártires tienen nombre, viven en un domicilio, tienen teléfono y son del PP, irregulares, pero del PP. La verdad es que yo no había accedido a tal listado, pero lo veo ahora en la sentencia. Todo muy secreto, unos datos que nadie debería conocer, pobres mártires que tienen que vivir en la clandestinidad como el resto de los ejpañoles de bien. Y menos mal que la lista no la publicó Wyoming, no vaya a ser que a los 78 mártires les de por autolesionarse. Porque claro, estas cosas se publican para “señalar”, que es un pueblo muuuy pequeño y la gente es muy mala, sobre todo los rojazos.

    Debe ser que el dr. Montes y tantos otros no son gente y no me había enterado. Pero bueno, yo lo dejo aquí, porque no vale la pena seguir haciendo quiste con este tema. Y conste que estoy de acuerdo con el multazo, me parece más que razonable el multazo por la revelación de datos personales, pero la prisión y la inhabilitación se sale de madre. Sobre todo despues de años de injurias leídas y oídas en otros medios sin que la cosa pase de una multa despues de una querella personal de los calumniados. A ver que pasa con esa portada del ABC, con esa foto y ese titular tan malintencionado. Seguro que nada.

  182. #0 blavero_reloaded dice:

    Copypasteo: “Igualmente, cuando los hechos descritos en los apartados anteriores afecten a datos de carácter personal que REVELEN LA IDEOLOGIA, religión, creencias, salud, o…”

    Pero, si los 78 mártires fueron afiliados en secreto ¿cómo es posible saber que eran de derechas? Podrían haberme afiliado a mí, y le aseguro que no me tengo por tal. Entonces, la publicación de la lista NO REVELA NINGUNA IDEOLOGIA. Sólo son 78 nombres. Ergo, “Garzon-prebarica”!!!!

  183. #0 Diego G. dice:

    Keep Laughin’, cybertontaca. Me gusta el olor a progre revenío echando espuma por la boca por las mañanas…

    ¡Dios mío, condenar a un delincuente de izquierdas, qué HAVERRACION HOYGA! XDDD Take it easy, tolai.

  184. #0 Carlos Arrikitown dice:

    #182
    Exacto. Y como falsedad que es daría lo mismo poner un nombre que una receta de feto.

  185. #0 piezas dice:

    Diores, dieguis, no quieres hacerme caso. El Polaino te lo arreglaba con unos eletrochóus. Y total, si la conciencia ecológica te quedaba limpia, que la tierra nos la dejó Dios pa que hiciéramos con ella los desperdicios que quisiéramos… que lo dice la Biblia.

  186. #0 Carlos Arrikitown dice:

    Yo a Die gou le veo un poco quemao con este tema. El juez que no era gitano…

  187. #0 Indel dice:

    … tengo miedo :/

  188. #0 paz dice:

    Esto es un atraco del poder judicial