may 21

Texto íntegro del voto particular del juez Varela contra la decisión de la Junta Electoral

Tag: 15-M Ignacio Escolar @ 11:27

El voto particular lo firma Luciano Varela Castro, magistrado del Tribunal Supremo y miembro de la Junta Electoral Central. Me encanta especialmente el final: “(…) la pretensión de criminalizar, por ese solo hecho, a todos los que, participando en aquellas, enriquecen el debate político”. Tal cual.

Emito este voto particular desde el mayor de los respetos a mis compañeros de la Junta Electoral Central, pero también desde la más profunda de las discrepancias.

Hemos sido emplazados por la Abogacía del Estado a establecer un criterio que, según su expresión “permita actuar, de acuerdo con sus instrucciones, a las Autoridades Públicas”,.y por la Junta Electoral Provincial de Salamanca, que nos solicita “directrices a tener en cuenta para la concesión de autorización” respecto a una previa solicitud, amparada por el artículo 8 de la LO 9/1983 reguladora del derecho de reunión.

Ambas interpelaciones indican que se han producido resoluciones diferentes por diversas Juntas Electorales Provinciales, denegando unas la autorización, por diversos motivos, dándose otras por enteradas y, finalmente, alguna (JEP de Valencia), considerando que ninguna competencia tenía al respecto.

Comparto con mis compañeros que la JEC es competente para “unificar los criterios de las Juntas Electorales Provinciales” y que la competencia en relación a la celebración de manifestaciones en periodo electoral es de la Autoridad Gubernativa “salvo en el caso de los actos de campaña electoral”.

Pero precisamente la primera cuestión que debíamos resolver, para dar la exigible respuesta que reclama la Abogacía del Estado, al comunicarnos lo resuelto por la JEP de Valencia, es si “las concentraciones y reuniones a las que se refieren las consultas elevadas a esta Junta” (JEC), merecen la calificación jurídica de actos de campaña electoral.

Mi discrepancia con la mayoría deriva de que no se da una respuesta expresa a tal cuestión, con la consecuencia de omitir la obligada motivación. Y resulta cuestionable la equiparación y consideración –implícita en el acuerdo de la mayoría- de tales concentraciones con actos de campaña, dado el concepto legal de ésta (artículo. 50.4 de la LOREG) que requiere que el sujeto activo lo sean, precisa y exclusivamente, los candidatos, partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones y que los lleven a cabo con el fin específico de la captación de sufragios. Y no los ciudadanos libres que no protagonizan el procedimiento electoral.

Mi discrepancia deriva de esa falta de respuesta expresa a la petición de la Abogacía del Estado que, al indicar que una JEP resolvió de manera diversa a otras, requería uniformidad de criterio sobre cual sea la Administración competente para establecer las eventuales consecuencias jurídicas de la notificación del ejercicio del derecho de reunión a que se refiere el artículo 10 de la LO 9/1983. Es decir, para la eventual no autorización o modulación de la forma de ejercitar el derecho de reunión en un caso concreto

En segundo lugar, estimo que la declaración de que las reuniones y concentraciones a las que se refieren las consultas elevadas a la Junta (Electoral Central) no podrán celebrarse desde las cero horas del sábado 21 de mayo hasta las 24 horas del domingo 22 de mayo de 2011 “las concentraciones y reuniones a las que se refieren las consultas elevadas a esta Junta se aparta de las pautas a las que remite la constante doctrina del Tribunal Constitucional y caracterizan nuestra sociedad democrática.

Del examen de los escritos presentados en las Delegaciones del Gobierno de Valencia, Madrid y Salamanca, se deriva que los que los presentaron anuncian la pretensión de convalidar “un pacífico y espontáneo ejercicio del derecho de reunión” que tiene por objeto principal “hacer una llamada al ejercicio del voto responsable”

De tales antecedentes, únicos de los que la JEC tiene exacta comunicación y, por ello, única premisa lícitamente admisible de su conclusión, no puede derivarse la consideración de que aquellas concentraciones constituyan un acto de propaganda propio de campaña electoral en el sentido con el que la LOREG define dicho concepto.

La invocación, que hace el acuerdo de la mayoría, de la prohibición legal de actos coactivos contra la libertad del elector o de la petición de voto a favor de determinadas candidaturas o de su negación a otras, implica una previsión de hechos futuros que, además de no venir apoyada en dato objetivo alguno son, cuando menos, de aventurado pronóstico y que, por ello, no pueden justificar por sí solos una negación tan grave del ejercicio de un derecho fundamental.

Precisamente el carácter esencial de tal derecho para la consideración de la articulación política de una sociedad como realmente democrática, obliga a los poderes públicos a no ampararse en la “lábil línea divisoria entre los mensajes amenazantes y los que no lo son” pues es a los ciudadanos a los que compete el poder político de decidir cuales mensajes quieren recibir y qué valor quieren dar a cada uno de ellos “sin tutelas de ningún género” (STC 136/1999 fj 16)

El artículo 21.2 de la Constitución solamente legitima una causa de prohibición: cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes. La protección del orden público es de competencia excluyente de la autoridad gubernativa. Incluso durante el periodo electoral (Artículo 54.2 de la LOREG)

La prohibición legal de realizar actos de propaganda electoral, o cualquier acto de campaña electoral, durante la jornada previa a la celebración de elecciones no implica proscripción de manifestaciones con el objeto de dar lugar a debates políticos, cualquiera que sea la influencia que éstos puedan tener sobre las decisiones de los electores (STC 96/2010).

Es obvio que la exposición de ideas, de manera pública y colectiva, puede trascender a las decisiones de los electores. Pero cabe decir que, lejos de coartarlas, las enriquece porque las abastece de argumentos.

Si del debate se pasara, mediante actos concretos, a la conminación del elector, tales comportamientos, una vez individualizados, tienen específicas consecuencias jurídicas respecto de las personas a las que se les puedan imputar. Incluso de orden penal, conforme al artículo 144 de la LOREG.

La consideración de “las concentraciones y reuniones a las que se refieren las consultas elevadas a esta Junta” como actos de campaña electoral, y la prohibición de su realización en la jornada previa a la de votación, tiene como consecuencia la ilegítima limitación del ejercicio colectivo de un derecho – el de reunión- que es básico y corresponde a todo ciudadano libre en una sociedad democrática. Su injustificada limitación rompe con el principio de responsabilidad personal, que también caracteriza a las sociedades democráticas, trasladando la prohibición a quienes, al no realizar personalmente el acto prohibido, no pueden considerarse incursos en el presupuesto legal de la limitación del derecho.

Aunque es de esperar que, por sentido común, no derive en la pretensión de criminalizar, por ese solo hecho, a todos los que, participando en aquellas, enriquecen el debate político.

Luciano Varela Castro

32 comentarios en “Texto íntegro del voto particular del juez Varela contra la decisión de la Junta Electoral”

  1. # François Babeuf dice:

    ¿Los de Manos Limpias van a adoptar alguna medida legal contra los miembros de la JEC que votaron a favor de reprimir al pueblo?

  2. #0 BGTA dice:

    interesante

  3. #0 Jesús dice:

    ¿No es prevaricación que la JEC se arrogue facultades que no tienen, además ignorando a propósito las sentencias del Constitucional?

  4. #0 Luisma dice:

    ¿Luciano Varela, el azote de Garzón? Parece que está en todas las salsas

  5. #0 Jose Crespo dice:

    EL SENTIDO COMÚN ES, A VECES, EL MENOS COMÚN DE LOS SENTIDOS, INCLUSO ENTRE MAGISTRADOS DE RECONOCIDO PRESTIGIO. MENOS MAL QUE HAY OTROS QUE RECONDUCEN LA SITUACIÓN CON SUS INCONTESTABLES ARGUMENTOS.

  6. #0 Emilio Manuel dice:

    No todos los jueces entienden de la misma manera lo que es democracia y “enriquecimiento democrático” que tiene este juez Varela. Es uno de los pilares del Estado que necesita una mano de pintura.
    La no presencia de los partidos políticos en la elección de jueces es otra de las peticiones que se hace desde el movimiento ¡Democracia real ya!

  7. #0 Dibujo Animado dice:

    La JEC no tiene autoridad para desalojar una mierda. Normal que la gente pase de sus decisiones. Que se dediquen a cerrar los periódicos que salen hoy haciendo campaña electoral, si tienen huevos.

  8. #0 FuzzyLogic dice:

    Claro. Piden que no se vote a PP, PSOE y CiU. Contra la Falange no tienen nada.

  9. #0 Suevo dice:

    a) Luciano Varela… ¿intenta ahora hacerse el simpático?
    b) ¿No les enseñan redacción a los señores magistrados? ¿O, al igual que los médicos tienen una asignatura secreta llamada “kakortografía” -para que nadie entienda su letra- ellos aprenden una redacción alambicada y estúpida para decir en seis folios lo que se puede expresar mejor en tres líneas? (¡Y este texto ni siquiera es de los peores en ese sentido!)
    c) Todo lo que dice Luciano Varela me parece de un sentido común apabullante. ¿Quizá se ha caído del caballo y ha visto la luz? (¿La luz de la plaza del Sol, quizá?)

    Ayer se intentó entrar en bancos. Me parece que un objetivo primordial es la justicia: es gracias a la justicia que los partidos políticos están corruptos, gracias a la justicia que los preceptos constitucionales son violados (la burbuja del ladrillo está expresamente prohibida, ¿cómo es que se consintió?), gracias a los jueces que tenemos se permiten cláusulas abusivas en contratos bancarios, gracias a la judicatura se consiente que un partido mayoritario aplique leyes antiterroristas a alcaldes democráticos de partidos minoritarios, mientras que el partido mayoritario presenta listas plagadas de corruptos e imputados…

    Simplemente arreglando la justicia España funcionaría mejor. Eso sí sería una verdadera revolución.

  10. #0 feministo dice:

    redención?

    gracias en este caso Luciano

  11. #0 libertad dice:

    la Justicia tiene que ser igual para todos, incluso para Garzón, lo de poner escuchas entre abogado y cliente es romper los cimientos de la Justicia, es inadmisible que todavía pueda haber alguien que defienda estos actos, el juez Varela está actuando de acuerdo a Derecho.Menos mal que aún quedan jueces como Varela, Marlaska,….independientes y que no se dejan presionar e influir.

  12. #0 CorrupLandia dice:

    El juez Varela, el impulsor jurídico de “El muerto al hoyo y el vivo al bollo”, también parece querer apuntarse el tanto de las manifestaciones para limpiar su imagen DESPUÉS de que la Junta Electoral Central se haya pronunciado. Intentar quedar bien sin que afecte a las resoluciones dictaminadas está claro que es gratis. No obstante reconocer que el argumentario que ha hecho sobre la legitimidad de las manifestaciones pacíficas es muy correcto. Una cosa no quita la otra. Ojalá este juez abandone el lado oscuro y se ponga completamente al servicio de los ciudadanos y de los Derechos Humanos Universales pasando por encima de los intereses partidistas. Las leyes nacionales de ningún país pueden contradecir a la Carta Universal de Derechos Humanos. De lo contrario, aparte de prevaricación judicial, sería inhumano.

  13. #0 Dibujo Animado dice:

    Tiene gracia que el memo que viene a cada post a intentar echar a gente del 15M ahora se haga llamar “Todos con el 15M”. Reflexiona un poco, anda.

  14. #0 Francisco Javier dice:

    Chapo es una cosa tan obvia tal y como la fundenta este Sr. que parece mentira
    que que la mayoría de la JEC tome la decisión contraria, de no haber otros intereses
    de que estas concentraciones no sigan adelante EMHORABUENA Sr. Varela

  15. #0 FuzzyLogic dice:

    #9 Suevo

    Es una de las cosas que echo en falta en el proyecto de DRY: Facilitar al ciudadano el acceso a la justicia y endurecer las medidas de vigilancia y control sobre la judicatura.

    Como con casi todo, DRY se acerca al problema pero a la hora de hacer un diagnóstico y proponer soluciones falla por Unidades Astronómicas. Piden que los jueces sean “independientes de los políticos” porque se lo han oído decir a algún baboso en “el gato al agua”, cuando el principal problema es que quizá sean demasiado independientes, un gremio totalmente desconectado del sistema de checks and balances cuyos miembros corretean por ahí haciendo y deshaciendo sin someterse a más controles que la ocasional reprimenda por parte de una especie de consejo de ancianos.

    En cuanto al acceso libre a la justicia, sería quizá la solución para todas estas injusticias que tanto nos indignan, pero me temo que pocos se lo plantean. Por ejemplo, ¿cuantos de los afectados por el terremoto de Lorca protestarán porque las ayudas del Gobierno han sido “insuficientes”, y cuantos demandarán a los promotores que les habían vendido sus viviendas?.

  16. #0 Dibujo Animado dice:

    Varela sigue siendo un mierder, pero hasta un mierder puede tener más razón que un santo sin dejar de ser un mierder.

  17. #0 Bricks and Bits » Voto particular del Juez Varela dice:

    […] encantado de haber visto este texto de Luciano Varela Castro, magistrado del Tribunal Supremo y miembro de la Junta Electoral Central. […]

  18. #0 Pericoalastres dice:

    han conseguido lo que querían. que no se hable del paro, de la corrupción, de la división del pueblo, de la insolidaridad entre las regiones, la politización de las instituciones, de la justicia………

  19. #0 javier dice:

    Escolar, se te olvida mencionar que Luciano Varela es el juez instructor de Garzón en el asunto de los crimenes del franquismo por considerar que la instrucción de una causa por las desapariciones durante el franquismo son objetivamente contrarias a Derecho, no sé como se te ha pasado este detalle, pero me da que te lo has callado.

  20. #0 Ana dice:

    Pánico me dio cuando oí que había un voto particular de Luciano Varela.
    Pero parece que sólo saca lo peor de sí mismo cuando tiene que saldar cuentas de él y sus amigas con Garzón. Esperemos que sea recuperable para la democracia real.

  21. #0 Ana dice:

    Suevo tiene razón. No hay que perder de vista las actuaciones de la Justicia.
    Vamos a fijarnos en los políticos corruptos que se indultan a partir de mañana.

  22. #0 Carlos Arrikitown dice:

    Luciano eres un hijo de puta. Que la regeneración te lleve a algún calabozo del que no puedas salir nunca. Tan de sentido común es el texto como el conocimiento de que el planeta tierra sería un sitio mejor sin este hijo de puta aunque eso resultara en no contar con un voto particular para esta decisión.

  23. #0 Arturo dice:

    #24 A ti no te daban suficiente cariño de pequeño, no?
    El de Varela me parece un texto muy enriquecedor y coherente…

  24. #0 Carlos Arrikitown dice:

    #25
    Y yo he dicho lo contrario? Tú a esto de la lectura llegaste tarde, no? La próxima vez empieza por algo sencillo como andar y comer chicle al mismo tiempo.

  25. #0 Carlos Arrikitown dice:

    “y esto es lo que, a la postre, refleja la menestra de proclamas que se vociferan en la Puerta del Sol: un vómito de progresismo enfermo que sólo podría sanarse auténticamente renegando de la causa de sus males; pero tal sanación exige una «metanoia», un cambio de mente que quienes han sido moldeados en el progresismo no pueden acometer. Que ni siquiera pueden vislumbrar.”

    Vestida de Prada.

  26. #0 Eduardo dice:

    No esperaba menos de Luciano, ni de los demás que apoyan la democracia en la JEC, lo preocupante es ese intento de Coup d’etat del resto de la JEC (que pintan ahí tantos neofascistas), cargándose los derechos fundamentales de los ciudadanos.

  27. #0 Dibujo Animado dice:

    #27 Carlos Arrikitown

    De Prada lo que quiere es que renunciemos al demoño y comulguemos. Es su obsesión.

  28. #0 el loco de la codeína dice:

    Pero este no es el juez franquistá que sentó a San Garzón en el banquillo… igual solo es franquista a tiempo parcial…

  29. #0 jmomar dice:

    De acuerdo con Dibujo animado.
    Otro ejemplo, ¿por qué no manda callar a los que están haciendo, ahora mismo, en tiempo de reflexión, su acostumbrada difamación, ( que no crítica) a Rodriguez Zapatero en El economista TV?. ¿eso no es publicidad para un determinado partido de la ultratumba derechona?

  30. #0 IVAN PEREZ PAJARES dice:

    las personas empiezan a ver la luz, tambien los jueces. la ley no puede ir contra el sentido comun, seria una abominacion descomunal

  31. #0 Filinto Melo: Uma questão de decência | Opinião – Porto24 dice:

    […] o dia de reflexão e o dia do voto. Apesar da proibição do Supremo Tribunal Eleitoral (com um voto contra), resistiram. Incentivados pelos […]

  32. #0 Mani dice:

    Bárbaro.!